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ABUSO DE CONFIANZA
- Consulta : 106580
- Autor : Pablo_M
- Publicado : Miércoles 23 de Marzo de 2011 01:16 desde la IP: 187.136.70.1
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,125
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Marzo de 2011
Mi pregunta es si se necesita a fuerzas solicitar mediante Notario la devolucion para integrar la demanda ante el Ministerio Publico. Me dicen que este paso es absolutamente necesario para de ahi dependiendo de lo que digan se pueda proceder.
Tambien como se hace para notificar a personas que se encuentran dentro de residenciales con vigilancia privada y accesos restringidos donde los inquilinos niegan el acceso a los mismos notarios diciendoles a la caseta de vigilancia que digan que no estan y por tal no pueden pasar.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 216250
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Marzo de 2011 01:25 2011-03-23 01:25 desde IP: 189.225.89.166
Tu pregunta esta mal planteada, devolución de que? Notario para notificar? El Ministerio Público
Tranquilo no pasa nada. vuelve a postear tu pregunta y trata de detallar mas a fondo la situación por lo siguiente
el notario da fe de ehchos entre particulares y protocoliza actos juridicos, no le constan los hechos y no tiene ninguna intervencion en estos
Una notificación debe reañizarla personal adscrito a alguna dependencia publica y acreditarse como tal
Y el Ministero píblico en su caracter de rpresentante social vela por la integración de la indagatoria en averiguación previa obligandose a realizar todas las agencias y diligencias necesarias para esclarecer la probable responsabilidad del inculpado asi como acreditar el cuerpo del delito del que se trate.
Todas son muy distintas
Vuelve a plantear, Gracias
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Autor
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AutorRespuesta No: 216256
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Marzo de 2011 01:47 2011-03-23 01:47 desde IP: 187.136.70.1
Me refiero a la devolucion de un vehiculo de mi propiedad al cual se esta haciendo el desentendido la persona que lo tiene y por tal tengo entendido que esta cometiendo un abuso de confianza. Me dijeron que tenia que ir a pedirselo con un notario para que diera fe en caso de negarse y a la vez dejar acentado los motivos por los cuales se niega, para posteriormente levantar la demanda ya que sin la fe notarial me dicen que no se ganaria el caso. El problema de llevar al notario es que se encuentra en un residencial y los de seguridad nos impiden el acceso hasta el domicilio.
Gracias y espero ahora si haber sido mas claro :)
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Autor
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AutorRespuesta No: 216263
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Marzo de 2011 02:32 2011-03-23 02:32 desde IP: 189.221.131.51
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Autor
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AutorRespuesta No: 216270
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Marzo de 2011 09:24 2011-03-23 09:24 desde IP: 201.102.10.192
En mi opinión:
Si no tienes algún documento que te haya firmado en donde le cediste el uso del vehículo, sólo debes preconstituir pruebas.
Una de ellas, es efectivamente la fe de hechos notarial, sólo que el problema es que el notario no tiene autoridad para obligar a nadie y si el probable responsable no quiere decir por qué motivos no quiere devolverlo o simplemente no te abre la puerta, ya hiciste un gasto muy grande en vano.
Mejor asegúrate de contar con dos testigos que les conste que el señor está usando el carro (que al menos que lo hayan visto usándolo más de dos ocasiones) y que le requeriste la devolución del mismo. Ésto, prácticamente suple la interpelación notarial que te sugirieron con anterioridad. Sólo deberás preparar bien a tus testigos para cuando acudan a dar su testimonio al Ministerio Público, no se equivoquen o se contradigan.
Se me ocurre por ejemplo, que lo esperes junto con los testigos, a la salida del Residencial por la mañana, antes de salir a trabajar o ya en la noche cuando llega, no sé... tal vez un Domingo que salga con la familia. Tómale fotos y video cuando esté en posesión del vehículo, pero... ojo, que se vea su rostro y que lo está conduciendo.
Deberás tener a la mano tu factura original del carro y pedir el cotejo para que quede copia certificada en la veriguación previa.
Pide además que se gire oficio a la policia ministerial y te constituyes en el domicilio del sujeto para que realice su investigación, obviamente no es algo que hará gratis el policía; sólo asegúrate de que en su reporte manifieste que el probable responsable tiene en su poder el vehículo. Él es agente de autoridad y sabe cómo obtener acceso al residencial, ya verás. ;)
Ya integrada la averiguación con las pruebas, pide que se consigne de inmediato para que no se te vaya vivo y se esconda. Aprehendido y en la cárcel la cosa ya cambia... seguro querrá negociar. Si decides negociar en la averiguación previa, sólo asegúrate de que te devuelva tu vehículo y te pague los gastos que tuviste que erogar "en efectivo", no aceptes cheque, pagarés ni nada por el estilo.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 216285
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Marzo de 2011 11:03 2011-03-23 11:03 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
No obstante no menciona las razones por las cuales esa persona tiene la posesión del vehículo de su propiedad (es depositario judicial; es su empleado y se lo proporcionó para que desempeñara sus servicios; se lo prestó; selo rentó, etcétera), no solamente a través de la notificación por medio de notario, puede usted acreditar que fue requerido por su entrega y se negó a devolvérselo.
Dado que los honorarios de los notarios son onerosos, y que existe la posibilidad de que,como lo menciona, le nieguen el acceso al fraccionamiento privado o, inclusive, el propio interesado les de instrucciones que no lepermitan el acceso, dicho defatario nada podrá hacer, pues carece de imperio para, de ser necesario, hacer uso de la fuerza pública.
Lo más conveniente es que,asistido de un abogado, promueva en la vía de jurisdicción volunaria, diligencias de interpelación judicial, acompañandolos documentos que justifiquen su trámite, el juez, al admitirlas, ordenará que se constituya en el domicilio un actuario, a fin de que practique la diligencia relativa a la notificación e interpelación judicial; si le niegan el acceso al actuario, él levantará acta circunstanciada, y se podrá pedir al juez ante quien se tramiten, haga uso delos medios de apremio previstos en la ley,incluido el uso de la fuerza pública, a efecto que su determinación judicial sea debidamente acatada.
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