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ALTERACION DELIBERADA DE MI NOBRE REGCIV
- Consulta : 106064
- Autor : capitanlara_NR
- Publicado : Jueves 17 de Marzo de 2011 20:32 desde la IP: 187.152.96.3
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,125
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 17 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Muy buenas tardes al querer obtener una copia de mi acta de nacimiento en el registro civil de monterrey me di cuenta que eliminaron una y griega que el juez en su momento ordeno se pusiera entre mi apellido paterno y materno, el libro del registro civil que obra en archivos contiene mi nombre con la "y" pero cuando cargaron las acttas en su nuevo sistema la eliminaron y no quieren entender que eso me altera todos mis registros. tengo 48 años y mi nombre es ARMANDO LARA Y ARIZPE.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 215631
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Marzo de 2011 09:26 2011-03-18 09:26 desde IP: 189.152.85.208
Si Usted ya notifico la determinacion judicial de incluir esa Y, Con el acta sin la Y en sus apellidos inicie ejecucion forzosa dentro del juicio en que el juez Ordeno se incluyera esa Letra .... Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 215634
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Marzo de 2011 10:36 2011-03-18 10:36 desde IP: 187.141.102.198
Buen día Sr. Armando, por lo que usted comenta supongo que ya revisó en el libro de nacimientos que efectivamente la anotación ordenada por el juez ya se realizó, ahora le sugiero que si cuenta con la copia certificada de dicho libro o en caso contrario solicítela (OJO: copia certificada del libro no acta de nacimiento) y con esa misma acuda a solicitar nuevamente su acta haciendo mención de la anotación marginal en que ordenan agregar la "Y" a su apellido, verifique que en la copia de la solicitud que le entregan para pasar a recogerla posteriormente especifiquen que el documento que usted presentó para su solicitud es la copia certificada del libro.
Si ya realizó estos pasos y aún así le entregan nuevamente el acta sin la "Y" correspondiente, entonces le recomiendo que primero realize un escrito dirigido al Director del Registro Civil haciendo mención de su situación, de la órden emitida por el juez, de la anotación que ya aparece en el libro de nacimientos y de la negativa a expedirle su acta con dicha modificación anexando la copia del libro y su acta de nacimiento como se la entregan, solicitando precisamente que le expida su acta con los datos correctos, fundaméntese en la ley, no conozco la redacción exacta de la ley civil de Monterrey, pero le recomiendo que busque en el Código Civil de ese Estado el artículo similar del Código Civil de Oaxaca que dice:
Artículo 46.- La falsificación, alteración o enmienda de propia autoridad, de las actas del registro civil y las inserciones en ellas de las circunstancias o de declaraciones prohib por la Ley, causarán la destitución del Oficial del Registro Civil o empleado que incurra en estos hechos, sin perjuicio de las penas que le correspondan en la forma y términos previstos en el Código Penal.
Espero que esto le sirva, saludos.
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