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INASISTENCIAS INJUSTIFICADAS
- Consulta : 105822
- Autor : alex_mor18_NR
- Publicado : Miércoles 16 de Marzo de 2011 00:59 desde la IP: 189.158.38.207
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 16 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Tamaulipas
hola , mi cosulta es: al parecer me despediran de mi trabajo porke en el mes de enero y febrero cuento con 4 faltas en cada mes, me levantaron un acta por dichas inasistencias injustificadas, la cual no firme a lo que el juridico me dice que estoy actuando de mala fe, mi duda es si me despiden alcanzo liquidacion?, el acta de las inasistencias me la levantaron el dia 14 de marzo de 2011 y las inasistencias fueron en enero y febrero del mismo año.
de antemano agradezco su atencion y espero pronta respuesta!!!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 215355
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Marzo de 2011 01:21 2011-03-16 01:21 desde IP: 189.186.50.18
Si usted acumuló más de tres faltas (cuatro o más) en un plazo de tréinta dìas, eso es causal suficiente para que lo despidan justificadamente (Rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón), y no tiene derecho a ser reinstalado, ni a indemnización, solo a sus pagos proporcionales de aguinaldo y vacaciones y prima vacacional y a sus prestaciones ya devengadas (Salarios, horas extras, etc).
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