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ABOGADO PENAL DOBLE NEGATIVA DE ORDEN DE APREHENSION
- Consulta : 105675
- Autor : crayolita
- Publicado : Lunes 14 de Marzo de 2011 22:55 desde la IP: 201.110.27.219
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 14 de Marzo de 2011
Buenas noches:
tratare de ser breve me querelle hace mas de dos años por delito de violacion de ahi mandaron el expediente a corrupcion por desglose, sere honesta esta denuncia la hice mas por que me vi obligada por mi actual pareja, que por quererlo yo, ya que con honestidad no sucedieron los hechos como el abogado nos aconsejo lo hicieramos en la denuncia, por eso mismo cai en contradicciones imposibles de salvar, por lo que en el primer delito dan el no ejercicio de inmediato, pero en el segundo no fue asi y dieron el ejercicio de la accion penal, yo no presente testimoniales, pero miembros de mi propia familia testificaron en mi contra a favor del inculpado, se me practicaron 2 periciales en psicologia, en el primero aparezco sin daño, pero en el segundo si, el segundo lo hacen casi un año despues, y cuando se da el ejercicio de la accion penal, tanto juez como magistrado en apelacion nulifican el segundo por encontrarlo aleccionado (que si fue asi), posteriormente llevo testigos de mi familia (2 años despues) a pesar de que habia dicho que no tenia testigos, dan nuevamente el ejercicio de la accion penal y nuevamente niegan la orden de aprehension dejandolo otra vez para el articulo 36, no se apela, apenas me notificaron lo siguiente, ¿que sigue? 2 ordenes negadas porque en resumen tanto juez como magistrado dicen que no hay elementos que relacionen al presunto conmigo solo mi palabra, pero no sustentada por otros elementos de prueba, a los mis testigos los descalifica diciendo que no es posible que despues de tanto tiempo recuerden detalles de años atras los menciona como aleccionados, tengo miedo de lo que me pueda pasar a mi o a mis testigos sino logro meter a la carcel al presunto, por favor dganme con que herramientas cuento para continuar con el proceso, gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 215222
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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Marzo de 2011 22:59 2011-03-14 22:59 desde IP: 201.110.27.219
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Autor
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AutorRespuesta No: 215231
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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Marzo de 2011 23:59 2011-03-14 23:59 desde IP: 189.230.144.68
Hola consultante, el regresar la averiguacion previa con el articulo 36 es porque la mismoa averiguacion previa es oscura, o sea qu faltan elementos necesarios para dar la consignacion por parte del juez, cabe oportuno preguntar de la violacion que ocurrio hace 2 años, que tiempo transcurrio para que usted denunciara?, por lo que hace al dictamen del medico legista en que sentido fue este? se determino que si existia lesion en su cavidad?, si los elementos resultan negativos, esto quiere decir que la pericial salio en sentido negativo, estamos ante la imacion ante negativa o sea que no basta con la simple imacion para determinar la culpabilidad por consecuencia se regresa la averiguacion previa me imagino que esta en delitos sexuales, para que se siga integrando, en caso contrario que ya no haya mayores elementos que aportar de su parte y de investigacion por parte del MP, este tendra destino de NEAP (NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL) con respecto de sus testigos y de usted, si de odría iniciar una denuncia por el delito de falsedad ante autoridad, realmente le dire que su caso es delicado, y muchas veces es importante que usted como victima hable con toda la honestidad, si realmente se cometio el delito, que tiempo transcurrio, si hay pruebas, testigos, etc... y que no trate de meter al tambo a un mortal... saludos
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