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COMPRAVENTA DE CASA HABITACION CON PODER
- Consulta : 104100
- Autor : capri_cornio-shura_NR
- Publicado : Miércoles 02 de Marzo de 2011 10:05 desde la IP: 187.136.40.78
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,693
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 02 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Quintana Roo
mi duda es de que si hacen una enajenacion de casa habitacion con poder se puede exentar aun asi el isr, lo pregunto por que en el articulo 109 LISR dice que el enajenante manifieste de bajo protesta de decir que no ah enajenado alguna otra casa en los 5 años anteriores y en este caso el que esta vendiendo la casa es el apoderado legal para pleitos y cobranzas la firma en la escritura solo sale la del apoderado legal y no de los enajenantes y gracias de antemano por sus respuestas
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 213234
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Marzo de 2011 11:44 2011-03-02 11:44 desde IP: 189.137.111.72
Si la compra-venta es de casa-habitación, se excenta el pago del ISR, no importando si vende el dueño o mandatario.
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Autor
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