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EMBARGO, NO ME DIERON LA OPORTUNIDAD DE ELEGIR
- Consulta : 103771
- Autor : lilozv_NR
- Publicado : Domingo 27 de Febrero de 2011 20:15 desde la IP: 189.144.162.188
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 27 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
hola buenas tardes: ayudda urgente.
tengo un problema, me vendieron un terreno, pero perdi la mayoria de los recibos de pago, me embargaron, pero el ejecutor no me dio el derecho de decidir que queria que me embargaran, la abodada de la otra parte, escogio el terreno origen de la deuda, y un terreno que no es mio, cuando me dieron a firmar lo firme con una leyenda de no me dejaron elejir, que puedo hacer, yo les queria dar un terreno mucho mas grande y mas caro, no ese de la deuda por que hice ahy mi casa y no la quiero perder.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 212887
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 20:45 2011-02-27 20:45 desde IP: 189.196.97.229
lo que puedes y debes hacer es pagar!! el embargo solo es una medida precautoria para garantizar el pago de la cantidad que debes, en el caso de que no pagues y se remate tu terreno si el valor supera la cantidad que adeudas te devolveran la cantidad que exceda pero tienes que tener cuidado al momento de que el perito de tu contra parte y tu perito valuen el inmueble pues ahi se determinara la cantidad que te daran por el terreno
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AutorRespuesta No: 212890
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 20:55 2011-02-27 20:55 desde IP: 187.194.17.227
lo que puedes hacer es dar en daciòn en pago el teerno que mencionan...para ello debes presentar un peritaje valuatorio de dicho inmueble y que ti abogado redacte lo necesario... para la daciòn en pago... y hablar de la diferencia...si rebasa el monto de la deuda...
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AutorRespuesta No: 212892
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 20:56 2011-02-27 20:56 desde IP: 189.174.205.9
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AutorRespuesta No: 212894
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 21:10 2011-02-27 21:10 desde IP: 187.194.17.227
y...eso a ti que e importa segioA...estamos en el presente....no en el hubiera....
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AutorRespuesta No: 212895
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 21:13 2011-02-27 21:13 desde IP: 201.114.151.78
Hola: Jejejeje, vaya vaya, yo antes que regañarle, le haria una pregunta que podria salvar su terreno de ese embargo temerario....A nombre de quien aparece ante el Registro Publico de la Propiedad, ese terreno en el cual construyo su casa.... casi estoy seguro que no esta a su nombre...? ya tiene la solucion, ahora solo busque un excelente abogado para que le desarolle su defensa.... ya que tiene 2 opciones Viables para tirar con la mano en la cintura ese Embargo.... No se le vaya ocurrir contestar la demanda con una barrabazada, pues perdera la oportunidad de defenderse...
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba Hotmail
cel. 55 43442775.
Nextel: 43250219.
52 * 14* 25471
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AutorRespuesta No: 212917
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 23:38 2011-02-27 23:38 desde IP: 189.174.205.9
garovalo.
Reciba usted un afectuoso saludo. y con todo respeto, no creo que me meta en lo que no me importa, como usted verá, la pregunta fue para el consultante y cuando tenga yo la respuesta de él, entonces sabrá porque me interesa el pasado. Y yo no utilicé el término hubiera, eso lo está diciendo usted.
lilozv:
Me parecen muy atinadas las respuestas de los foristas Juan20111, garovalo y LIC ESTRADA. Espero su respuesta a mi pregunta a menos que considere que los foristas señalados ya le han satisfecho su consulta. De todos modos, aunque no me responda, de mi pregunta se puede deducir facilmente, la opción que de ella deriva.
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AutorRespuesta No: 212918
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 23:43 2011-02-27 23:43 desde IP: 187.133.170.119
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AutorRespuesta No: 212919
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 23:45 2011-02-27 23:45 desde IP: 187.133.170.119
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AutorRespuesta No: 212921
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 23:49 2011-02-27 23:49 desde IP: 187.133.170.119
Habra que ver el acta circunstanciada del embargo, puesto que el secretario ejecutor al momento de realizar la diligencia en la cual se le hace del conocimiento de que se le demanda y se le requiere el secretario tiene la obligacion de permitirle a usted señalar bienes suficientes para realizar el embargo respecto de la garantia del pago. De no haberlo hecho ante el mismo juez de primera instancia se podria manifestar que usted quiere señalar el otro terreno y a su vez manifestar BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que no le permitieron señalar bienes al momento del requerimiento, veamos que contesta el juez, el tiene que ser objetivo y permitir que se haga dicho movimiento, sustituir uno por el otro, sino acuda ante la proteccion de la justicia federal, el amparo.
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AutorRespuesta No: 212922
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 23:51 2011-02-27 23:51 desde IP: 189.174.205.9
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AutorRespuesta No: 212923
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 23:55 2011-02-27 23:55 desde IP: 189.174.205.9
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AutorRespuesta No: 212924
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 23:57 2011-02-27 23:57 desde IP: 189.174.205.9
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AutorRespuesta No: 212926
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 23:59 2011-02-27 23:59 desde IP: 189.174.205.9
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AutorRespuesta No: 212933
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Febrero de 2011 01:55 2011-02-28 01:55 desde IP: 189.242.195.28
No señala cuando le embargaron para determinar cuándo se le vence el plazo para contestar, me parece que con la intervención de los abogados ya tiene la respuesta; como sea, tiene tiempo suficiente para defenderse y, en su caso, realizar el pago antes de una posible adjudicación.
Revise { w w w.wix/profesionistas/perez-andrade } puede mandar un correo electrónico o están los números de contacto. Espero le sea de utilidad.
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AutorRespuesta No: 213983
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Marzo de 2011 02:40 2011-03-06 02:40 desde IP: 189.169.225.43
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AutorRespuesta No: 213995
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Marzo de 2011 09:24 2011-03-06 09:24 desde IP: 189.234.191.120
1...puedes ofrecer el terreno que mencionas...en sustituciòn de garantia...
2...despues...cuando se admita... ofrecerlo en pago...en dacion en pago...
3..`para ello...hay que presentar copia de la escritura...libertad de gravamen...peritaje valuatorio de perito reconocido del tribunal...
4... si el predio tiene en peritaje un precio mayor a la suerte principal y anexidades legales...señalarlo para que se verifique una audiencia pùblica y se señale si se reconoce esta situaciòn y se paga la diferencia....
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AutorRespuesta No: 214116
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Marzo de 2011 22:18 2011-03-06 22:18 desde IP: 189.234.191.120
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