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¿SE PUEDE SOLICITAR UN AMPARO CONTRA UN AMPARO?
- Consulta : 102691
- Autor : papucho1mx_NR
- Publicado : Sábado 19 de Febrero de 2011 11:43 desde la IP: 189.212.186.40
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 19 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen dia, podrian indicarme si lo que les voy a preguntar se puede hacer y si no se puede ¿por que no? una tienda me debe dinero gane el juicio laboral pero esta cadena de tiendas usa 3 nombres o razones sociales para evitar el pago, como le hace no lo se, pero ultimamente acaban de solicitar un amparo para detener la ejecucion del laudo laboral... mi pregunta es... ¿PUEDO SOLICITAR UN AMPARO CONTRA ESE AMPARO QUE IMPEDIRA DE NUEVA CUENTA LA EJECUCION DE UN LAUDO?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 211393
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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Febrero de 2011 12:00 2011-02-19 12:00 desde IP: 201.158.206.120
FINALMENTE YA LES GANASTE OK , PERO NO EXISTE UN AMPARO CONTRA UN AMPARO PARA EMPEZAR QUISIERA SABER QUE BURRO COMO ABOGADO TE ESTA ASESORANDO QUE TE DICE ESA BOLA DE TONTERAS, MIRA PARA EMPEZAR TENEMOS QUE SABER EN QUE TRIBUNAL COLEGIDAO RECAYO, NUMERO DOS TU ERES EL TERCERO PERJUDICADO EN ESE AMPARO, POR LO CUAL UN ABOGADO TE DEBE ASESORAR PARA ELBOARARTE UN DOCUMENTO EN EL TRIBUNAL COLEGIADO (OJO NO ES AMPARO) . ES URGENTE CONSULTES UN ABOGADO SERIO MI NUMERO DE CEL ES 0445533041340 MI NOMBRE ES LIC. DARIO VAZQUEZ
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Autor
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AutorRespuesta No: 211522
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Febrero de 2011 01:37 2011-02-20 01:37 desde IP: 189.217.178.137
LIC DARIO VAZQUEZ
Me llamo mucho la atención que se acaba de dar de alta e ingresa a este foro a ofrecer sus servicios profesionales, a un foro donde apoyamos en forma gratuita y desinteresada a las personas y usted se registró con la cedula profesional No 6053580 que corresponde a la Licenciada en administración de empresas Gladys Minerva Gonzales Paz
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Autor
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AutorRespuesta No: 211553
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Febrero de 2011 13:53 2011-02-20 13:53 desde IP: 189.143.241.157
Lic. Darío Vazquez:
Si pone un poquito de atención a la consulta, verá que se refiere a la "ejecución del laudo"... entonces... en forma alguna tendría que estar hablando de Tribunal Colegiado pues la procedencia del mismo es en la vía indirecta, ante un Juez de Distrito. El asunto ya está fallado en la principal, incluyendo el amparo directo.
Consultante:
No existe la posibilidad de laborar un amparo contra otro amparo, en principio porque es caulsal de improcedencia conforme a la ley de amparo y en segunda, y mucho menos, cuando se encuentra en trámite porque entonces se actualiza la figura de la litispendencia, que significa que un asunto que está en trámite no puede ser objeto de juicio diverso.
Lo que ocurre aquí, es que usted deberá acudir con su abogado para que, una vez notificado del juicio de amparo, se apersone al mismo como tercero perjudicado y haga valer las deficiencias en que incurrió el quejoso al promover su demanda de amparo. Podrá promover los recursos que contempla la ley y presentarse a la audiencia constitucional si lo estima conducente.
Sólo como comentario al margen, aclarando que no es mi materia la laboral, por ahí en la Ley Federal del Trabajo existe un artículo que expresamente indica que no importa el nombre o razón social de la empresa (patrón) para la cual trabajó el empleado y la razón de ello, es precisamente que se evite éste tipo de deleznables prácticas que previó el legislador federal.
Por lo que veo es un amparo "chicanero" nada más, y por tratarse de ejecución de laudo, no le otorgarán la suspensión provisional ni la definitiva. No espere hasta la resolución del amparo y proceda a pedir la ejecución del laudo en la Junta de Conciliación y Arbitraje. Haga cita con el Actuario y trabe formal embargo para garantizar el pago.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 211565
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Febrero de 2011 15:31 2011-02-20 15:31 desde IP: 189.171.161.72
Estimado consultante:
La confusión aparente que plantea su consulta bajo el rubro de amparo contra amparo, deriva de la inexacta apreciación que Usted tiene del punto cuestionado por el quejoso amparista.
De su consulta infiero que una de las empresas ( Usted dice que es la misma pero bajo otra denominación ) promovió un amparo, y en efecto es muy probable que dicha empresa o negocio se halla ostentado como tercero extraño al juicio laboral favorable a Usted, pero repito DICHO QUEJOSO CUESTIONA LA EJECUCION DEL LAUDO POR CONSIDERAR QUE ES UN TERCERO EXTRAÑO al que se le han afectado en sus bienes y derechos a través de los actos de ejecución de un laudo aparentemente ajeno a dicho tercero.
El tercero extraño que reclama los actos de ejecución de una resolución judicial o administrativa ( en este caso, laudo laboral ) TIENE DERECHO A OBTENER LA SUSPENSION mediante FIANZA en los términos que señala la ley de amparo. ( Por lo general el monto de la fianza la fijan hasta por el monto de seis meses de sueldo base de las prestaciones reconocidas en el laudo ).
Saludos cordiales.
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Autor
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AutorRespuesta No: 211614
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Febrero de 2011 18:54 2011-02-20 18:54 desde IP: 189.136.241.18
Lic. Darío Vázquez Calderón:
Todos los foristas y, desde luego el consultante, ya sabemos que usted en el burro abogado que usted mismo está mencionando en su respuesta, atento a que usted se ha registrado con una cédula profesional que corresponde a diversas persona y carrera, pero su ignorancia del derecho también es palpabkle a leguas, cuenta habida que usted interpreta erróneamente la existencia de un amparo directo que en realidad debe de ser uno indirecto, todo lo cual me hace decirle que antes de escribir estulticias como las que usted anotó en su respñuesta, debe de estudiar derecho, analizar el problema y conectar el cerebro antes de externar nada.
papucho1mx_NR:
Usted omite mencionar si en la demanda se anotó que demandó a xx (nombre o razón social) y/o "a quien resulte patrón, propietario ó responsable del centro y fuente de trabajo ubicado en el domicilio de...", pues si así lo llegó a hacer, ningún problema tiene, pues bastará que mediante un escrito dirigido a la Junta de Cy A., usted aclare este punto y solicite que se ejecute el laudo contra cualquiera de las tres empresas que aparezcan domiciliadas enel mismo lugar, pero también, y dependiendo de las circunstancias particulares del expediente del juicio laboral, usted puede iniciar un "incidente de substitución de patrón", para el efecto de que se llegue al mismo resultado de que se ejecute el laudo con cualquier empresa que aparezca en el mismo domicilio en donde usted estuvo laborando.
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Autor
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AutorRespuesta No: 211620
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Febrero de 2011 19:20 2011-02-20 19:20 desde IP: 187.194.34.133
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Autor
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AutorRespuesta No: 211666
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Febrero de 2011 08:42 2011-02-21 08:42 desde IP: 189.217.31.69
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