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ESCRITURACION PROINDEVISO Y SUCESION TESTAMENTARIA

  • Consulta : 101669
  • Autor : miguel10105_NR
  • Publicado : Viernes 11 de Febrero de 2011 15:14 desde la IP: 189.245.59.117
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • miguel10105_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola, espero me puedan asesorar.

     

    Mi madre compro una casa junto con su hermano y escrituraron en pro-indiviso y por partes iguales.

    1.- El hermano de mi madre hizo su testamento por separado y no menciono que la casa era de dos dueños, ?esto es legal o se tienen que mencionarse los dos como dueños en el testamento?

    2.- El hermano de mi madre deja a su esposa como usufructo vitalicio y a su hija como nuda propiedad, con quien me arreglo para vender la casa?

    3.- A la fecha van tres años de fallecido del hermano de mi madre y las personas que les menciono en el punto 2 no han validado el testamento, no pagan el predio y no viven en la casa, mi preguntra seria tiene algun plazo el testamento para validarlo?

    Les pido asesoria porque como les mencione estas personas no hacen caso de la casa, no dan para el mantanimiento de la misma ni pagan el predio, por lo que mi madre ya esta desesperada y quiere ver si esto se puede arreglar, ya sea que le pasen los derechos de su parte o vender la casa.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 210006

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    1. La copropiedad es un estado irregular y de excepción en la forma de propiedad. Nadie está obligado a permanecer en la indivisión. Si el bien no admite cómoda división, ( un bien no admite cómoda división cuando la suma del valor de las partes en que se divida es inferior al valor del todo o cuando su naturaleza impide materialmente su fracción o división o cuando existe impedimento legal insuperable para ello ), su madre puede iniciar un juicio para que, por determinación judicial se proceda a la venta del bien en pública subasta o remate. La parte demandada en este juicio debe ser la Sucesión a Bienes del copropietario por conducto del Albacea. Si en este momento no existe tal trámite, su madre puede iniciar el juicio sucesorio indicando su intención de demandar a la Sucesión para el efecto de que el Juez de inmediato designe un Albacea Provisional.

    2. Si su madre tiene a un comprador, puede plantear a los herederos del copropietario, la realización de la compraventa ante el estado ruinoso en que el inmueble se halle en este momento o en el futuro derivado del abandono, de la desocupación, del vandalismo, etc. Para este efecto, dichos herederos deben tramitar la sucesión testamentaria de su padre, ya sea ante Notario o judicialmente. Si entre los herederos del copropietario y su madre no existe diferencia u oposición alguna en los fines de venta, recomiendo que ante Notario se lleve a cabo todo el trámite, la sucesión y la venta.

    Consulte con el Notario de su confianza.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 210010

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    miguel10105

    1.- El hermano de mi madre hizo su testamento por separado y no menciono que la casa era de dos dueños, ?esto es legal o se tienen que mencionarse los dos como dueños en el testamento?

    R.- No, no es necesario que en el Testamento se hicera mencion de la copropiedad.

    2.- El hermano de mi madre deja a su esposa como usufructo vitalicio y a su hija como nuda propiedad, con quien me arreglo para vender la casa?

    R.- Su señora madre puede denunciar el juicio sucesorio de su difunto hermano, señlando para tal efecto los domicilios de su tia y de su prima para que acudan a deducir sus derechos hereditarios en juicio, seguido que sea sea declarada LA VALIDEZ DEL TESTAMENTO. Para la venta de la casa usted habra de arreglarse con su tia, prima y la persona designada en el Testamento como Albacea.

    3.- A la fecha van tres años de fallecido del hermano de mi madre y las personas que les menciono en el punto 2 no han validado el testamento, no pagan el predio y no viven en la casa, mi preguntra seria tiene algun plazo el testamento para validarlo?

    R.- No, no hay termino para que se tramite la Testamentaria de su tio, pero como ya le mencione ante la inactividad y/o apatia de sus familiares su señora madre puede denunciar el juicio como le mencione en mi respeusta anterior.

    Les pido asesoria porque como les mencione estas personas no hacen caso de la casa, no dan para el mantanimiento de la misma ni pagan el predio, por lo que mi madre ya esta desesperada y quiere ver si esto se puede arreglar, ya sea que le pasen los derechos de su parte o vender la casa.

    R.- Si ustedes han realizado los gastos de manutencion del inmueble conserven los comprobantes para que una vez que se tramite el juicio sucesorio y la Sucesion Testamentaria tenga Albacea con este ultimo se habra de prorratear en partes iguales dichos gastos.

    Para efectos de una eventual cesion de derechos debe haberse tramitado previamente el multicitado juicio sucesorio testamentario, no antes.

    Saludos.



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