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SABE Y LE CONSTA

  • Consulta : 101302
  • Autor : Castillo70
  • Publicado : Martes 08 de Febrero de 2011 23:33 desde la IP: 200.76.251.131
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
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  • Autor
    Consulta

  • Castillo70
    ABOGADO CIVIL

    Las palabras "si sabe y le consta" en un interrogatorio de testigo  tiene efectos legales?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 209520

  • albertorojas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola, antes que nada gracias por tomar este Foro como una posible solución a un problema y espero lograr satisfacer tus dudas lo mejor posible:

    Los interrogatorios son en efecto hechos con el fin de aclarar el testimonial acontecido en el Juicio y es por ello que al solamente suponer que el testigo sabe algo, puede ser objetado por la defensa en cuanto a la forma en que le consta este hecho.

    Es por ello la importancia de la Testimonial con la frase “le sabe y le consta”.

    Atte.

    CORPORATIVO INTEGRAL JURIDICO

    MERIDA.YUCATAN.MEXICO

    0449999655964

     

     

     

                   



  • Autor
    Respuesta No: 209525

  • TOYSTORY
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Claro que esas frasesitas tienen efectos legales.. si ni sabe ni le consta y lo afirman  entonces se estaría falseando declaraciones.



  • Autor
    Respuesta No: 209537

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No tiene mayor trascendencia ni efecto legal la presencia o ausencia de ese tipo de formalismos. El testigo además de responder a las preguntas que se le formulen, al final de su deposición debe siempre dar razón motivada de su dicho por imperativo legal.

    Existen otros formulismos que no son sino resabios de procesalistas de antaño igualmente perniciosos y confusos como el muy estilizado de la confesional donde se inquiere al absolvente bajo la frase "Dirá el absolvente si es cierto como lo es...". Por cierto existen precedentes de tribunales federales haciendo declaratorio de ilegalidad de ese formulismo ante la confusión y ofuscamiento que en el sentido de la pregunta o posición se genera.

    En materia testimonial el interrogatorio es siempre libre de formulismos, también por imperativo legal, aunque las preguntas en su estructura deben observar varias reglas: unicidad en el hecho, ausencia de inducción, etc.

    Usted puede perfectamente preguntar, verbigracia:

    1. Conoce Usted a XXXX persona.

    2. Desde cuando le conoce.

    3. Bajo que circunstancias le conoció.

    4. Ha realizado Usted algún acto jurídico como algún contrato con dicha persona.

    En ninguna de esas preguntas se observa el formulismo que Usted señala y sin embargo todas cumplen con las formalidades procesales. Por mayoría de razón, no puede sostenerse que esas estereotipadas frases sean condicionantes de acciones diversas en caso de falsedad. 

    Saludos cordiales.



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