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COMO REPLICAR EN LA CONTESTACION DE UN EJECUTIVO MERCANTIL
- Consulta : 101284
- Autor : MORLEX
- Publicado : Martes 08 de Febrero de 2011 20:15 desde la IP: 189.148.211.241
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,703
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 08 de Febrero de 2011
Este es el caso, promoví un ejecutivo mercantil como endosataria y la demanda por la via Ejecutiva Mercantil fue admitida, los demandados fueron tres, el deudor principal y sus dos avales (padre, esposa e hijo). Contestaron la demanda y opusieron exepciones las cuales no fueron admitidas por no ser validas en un proceso mercantil. El detalle es que Su servidora fue asesora particular del deudor principal en un asunto penal de índole grave (violación, corrupción de menores y abuso sexual), delitos que en la apelación los gane y antes de que le dictaran sentencia fue absuelto en segunda instancia, el deudor principal se comprometió a pagar mis honorarios y junto con su esposa e hijo firmaron el pagare por una cantidad dee dinero, de alguna manera tenía que proteger mis servicios dado el caso por el cual fue acusado mi ex-cñiente, por obvias razones durante ese proceso penal me proporcionaba dinero para gastos y tramites en los que yo le di un recibo y en el constaba el concepto, mas no por honorarios, el caso es que en el mes de mayo del año pasado 2010, salió libre y en diciembre del mismo año lo demandamos a fin de obtener el cobro del pagaré, pues en ocho ocasiones me presentaba a su domicilio y daban fecha de pago y nada.
como mencione , ellos contestaron y relataron que era su asesora en el caso penal y exhibieron el recibo por una cantidad de dinero en concepto de tramites por el excpediente penal y el cual fue entregado (el dinero) por la hermana del deudor principal, . Se que un documento mercantil traen aparejada la ejecución, que los hechos de donde se derivaron para obtener la firma no conlleva relación con una asunto y otro o estoy mal. como replicaria dicha contestación ya que realmente aparezco como su defensora y ahora como endostaria en su contra,, como debo responder a esa contestacion pues me dan tres dias y hoy es el primero y se vence el jueves proximo.
gracias spor su atención
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 209454
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Febrero de 2011 20:32 2011-02-08 20:32 desde IP: 189.216.208.251
Efectivamente el pagaré es autónomo a la causa que le da origen, sobre todo si no celebró contrato de prestación de servicios profesionales que sería el medio idóneo para cobrar los honorarios. Para poder darle una mejor asesoría, sería necesario que aclarara porqué menciona que es Usted endosataria, creo que hay una confusión en el término, ¿por qué dice que hay un endoso si es para garantizar sus honorarios?
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Autor
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AutorRespuesta No: 209608
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 16:40 2011-02-09 16:40 desde IP: 189.148.111.231
Disculpas por mi falta de información, en efecto, soy endosataria del pagaré, el titular del documento es mi esposo, quien me apoya en este caso ya que es la primera vez que me sucede, mi esposo es quien sugurió que mi ex-cliente me firmara el pagaré a fin de protegerme, el caso es que al no pagarme y transcurrido el tiempo y su negativa, me vi forzada a cobrar por la vía ejecutiva el pagaré, es por ello que aparezco como endosataria de mi esposo, y los demandados manifiestan que entre otras cosas que ya me habían pagado lo cual no acreditan en su contestación de demanda, ofrecen mi confesion, la de mi esposo y le testimonial Singular de una testigo que nada tiene que ver con el proceso ni su contestación, ojala haya sido precisa en mi aclaración, gracias
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Autor
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AutorRespuesta No: 209719
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Febrero de 2011 00:22 2011-02-10 00:22 desde IP: 189.216.187.0
Si el endoso fue en propiedad, lo que es poco probable ya que de ser así, no proceden las excepciones personales como lo manifiesta la demandada, por lo que estoy casi seguro que el endoso fue en procuración. De ser así, jamás podrán acreditar el pago con recibos de Usted puesto que el pagaré es a nombre de su marido, con quién no existe relación causal alguna, es decir, entre el girador y el girado no se puede acreditar ningún contrato, los recibos no pueden desvirtuar el pagaré ya que este es autónomo a la causa que le da origen. En todo caso la parte demandada pudo excepcionar el fraude procesal por un endoso en propiedad con la intención de que el demandado no pudiera oponer excepciones personales, lo que no acontece en lo particular puesto que en la contestación de la demanda no lo mencionan.
Así las cosas, las excepciones opuestas por la demandada no proceden y así lo debe desahogar en la vista que le dieron por tres días, diciendo que el pagaré cuenta con los elementos de legitimación, autonomía, incorporación y literalidad y validir las obligaciones contraidas . La única forma de perder un juicio ejecutivo mercantil es que el documento sea falso o se haya pagado.
Ahora bien, si el endoso sí fue en propiedad, hubiera procedido el fraude procesal como excepción, pero si no lo opusieron como excepción personal en la contestación de la demanda, ya no lo pueden acreditar en la secuela procesal y mucho menos en una apelación.
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