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PENA PARA LESIONES MAYORES A 15 DIAS
- Consulta : 101050
- Autor : adsan2172_3_NR
- Publicado : Lunes 07 de Febrero de 2011 06:09 desde la IP: 187.152.26.100
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 07 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Por favor necesito saber cuanto es el tiempo que podrian darle a mi papa (76 años) quien tuvo una riña con mi hermana (28 años) y en la cual al forsejear (taladro) con ella segun para quitarselo y que no le siguiera pegando a el (el presenta 2 chichones en la cabeza lado izq. y atras) ella termino con una cortada en el pomulo creo que izquierdo terminando ahi la pelea, posteriormente ella se presento a levantar una demanda en contra de mi papa y no sabemos en q terminos la puso pero mi papa quiere presentarse a declarar, y no lo hizo anteriormente (viernes 5 de febrero del 2011) porque es diabetico y se encontraba con el azucar muy alta y hoy q se siente mejor quiere ir. No se que hacer tengo temor a q lo condenen a alguna pena mayor no se, desconosco totalmente de leyes y me preocupa su emfermedad y su edad. ¿ Podrian orientarme urge a el lo mata no saber que hacer y entra en panico a cada rato?.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 209132
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Febrero de 2011 11:16 2011-02-07 11:16 desde IP: 189.217.127.251
Distinguida adsan
Las lesiones que usted refiere dejan cicatriz perpetua en rostro y se les denomina públicas, porque se persiguen de oficio y el probable responsable no tiene el beneficio de la libertad provisional bajo caución o fianza
Su Señor Padre es una persona de la tercera edad, con una enfermedad crónica degenerativa que altera sus nervios usted y su abogado deben acreditar que la lesión que presenta su consanguínea es producto de la defensa de su señor padre al repeler una agresión real y puede ofrecer la prueba de descargo consistente en la Pericial Científica en Materia de Criminalística, relativo a la Posición Victima Victimarioy de mecánica de lesiones para determinar el mecanismo de la contusión y determine que fue en defensa propia, y la pericial científica en medicina forense para determinar que el traumatismo facial directo con agente duro de borde irregular, son de los producidos en riña al estarse disando la posesión y dominio sobre el taladro
Su padre no puede ser detenido al declarar no se preocupe pero debe estar asesorado y asistido por un profesional y evitar mayores problemas y a su vez querellarse por las lesiones que el presenta y la violencia sobre el por parte de su consanguínea
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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