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CAMBIO DE APELLIDO
- Consulta : 249868
- Autor : danacamila31_NR
- Publicado : Viernes 05 de Diciembre de 2014 13:12 desde la IP: 187.146.184.243
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 05 de Diciembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 371050
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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Diciembre de 2014 16:41 2014-12-05 16:41 desde IP: 189.211.135.22
El padre biológico tiene que demandara usted y a su hermano por el desconocimiento de la paternidad, y en el juicio, ofrecer y desahogar la prueba pericial en materia genética (pagándo obviamente el costo dela misma), con la que demuestre que él y no su hermano el padre biológico.
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