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LE DAN A MI ESPOSA LA PENSION DEL SEGURO VOLUNTARIO MODALIDAD 40
- Consulta : 177676
- Autor : enrique_glezd_NR
- Publicado : Viernes 23 de Noviembre de 2012 15:06 desde la IP: 187.247.178.211
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 23 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Jalisco
estoy dado de alta en el seguro voluntario modalidad 40 este lo estoy pagando, mi pregunta que sucede si fallesco, ya que en estos momentos tengo una enefermedad grave, le dan a mi esposa la pension, y como seria este tramite, gracias por su ayuda
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 292969
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Noviembre de 2012 15:19 2012-11-23 15:19 desde IP: 189.225.42.221
Si fallecieras en este momento procede el pago de pensión por viudez.
Aún si dejaras de cotizar hoy se conserva el derecho a recibir esa pensión después de tu baja por un período igual a la cuarta parte de todo el tiempo que hayas cotizado al seguro.
Si falleces el trámite es ante el IMSS, obviamente solicitándo la pensión y presentando documentos como identificaciones, actas de matrimonio, actas de nacimiento, acta d defunción, etc. en la página del IMSS vienen lo requisitos y el procedimiento.
Para su tranquilidad sería conveniente que vayan armando un buen archivo de documentos y asesorarse con anticipación para el caso de que la pensión pueda ser por ley 97 o en su caso por ley 73.
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