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AC CON ACTIVIDADES COMERCIALES

  • Consulta : 174348
  • Autor : vicentemmtz74_NR
  • Publicado : Jueves 25 de Octubre de 2012 10:32 desde la IP: 187.159.132.160
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • vicentemmtz74_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

     

    Estado de Hidalgo, para lo cual se comprobó la experiencia mínima de 2 años, etc., el "pero" que pusieron y por lo cual no aceptaron el trámite es que es una AC (y como sabemos las AC no son Sociedades Mercantiles) no realiza actividades con carácter preponderantemente económico.
     
    En su opinión ¿Creen que pudiera hacer algo?
     
    La Ley de Adquisiciones y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo no precisa que deban ser PM mercantiles las únicas que pueden ser proveedores. Aplicaría el principio de que ¿Lo que no esta prohibido esta permitido? ¿o no es necesario que lo diga puesto que una AC no puede realizar actividades económicas? aunque las realiza....
     
    Por sus comentarios gracias anticipadas
     
    Atte.
     
    Vicente 
     
    PD. Espero haberme dado a entenderEstado de Hidalgo, para lo cual se comprobó la experiencia mínima de 2 años, etc., el "pero" que pusieron y por lo cual no aceptaron el trámite es que es una AC (y como sabemos las AC no son Sociedades Mercantiles) no realiza actividades con carácter preponderantemente económico.
     
    En su opinión ¿Creen que pudiera hacer algo?
     
    La Ley de Adquisiciones y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo no precisa que deban ser PM mercantiles las únicas que pueden ser proveedores. Aplicaría el principio de que ¿Lo que no esta prohibido esta permitido? ¿o no es necesario que lo diga puesto que una AC no puede realizar actividades económicas? aunque las realiza....
     
    Por sus comentarios gracias anticipadas
     
    Atte.
     
    Vicente 
     
    PD. Espero haberme dado a entenderHola a todos, tal vez no es el foro adecuado, pero quisiera conocer sus opiniones respecto del siguiente caso:
     
    Varios transportistas de materiales para construcción crearon una Asociación Civil, la cual la última factura la expidieron hace como 3 años, de ahí en adelante quienes estaban facturando los servicios eran los asociados y la AC sólo estaba declarando en "0", el asunto radica en que efectivamente, la AC esta realizando una actividad comercial y se pretendió inscribirla en el padrón de proveedores del Estado de Hidalgo, para lo cual se comprobó la experiencia mínima de 2 años, etc., el "pero" que pusieron y por lo cual no aceptaron el trámite es que es una AC (y como sabemos las AC no son Sociedades Mercantiles) no realiza actividades con carácter preponderantemente económico.
     
    En su opinión ¿Creen que pudiera hacer algo?
     
    La Ley de Adquisiciones y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo no precisa que deban ser PM mercantiles las únicas que pueden ser proveedores. Aplicaría el principio de que ¿Lo que no esta prohibido esta permitido? ¿o no es necesario que lo diga puesto que una AC no puede realizar actividades económicas? aunque las realiza....
     
    Por sus comentarios gracias anticipadas
     
    Atte.
     
    Vicente 
     
    PD. Espero haberme dado a entender

     

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  • Autor
    Respuesta No: 289842

  • 1chente1
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Hola creo no paso el texto completo, ahora si va completo.
     
    Hola a todos, quisiera conocer sus opiniones respecto del siguiente caso:
     
    Varios transportistas de materiales para construcción crearon una Asociación Civil, la cual la última factura la expidieron hace como 3 años, de ahí en adelante quienes estaban facturando los servicios eran los asociados y la AC sólo estaba declarando en "0", el asunto radica en que efectivamente, la AC esta realizando una actividad comercial y se pretendió inscribirla en el padrón de proveedores del Estado de Hidalgo, para lo cual se comprobó la experiencia mínima de 2 años, etc., el "pero" que pusieron y por lo cual no aceptaron el trámite es que es una AC (y como sabemos las AC no son Sociedades Mercantiles) no realiza actividades con carácter preponderantemente económico.
     
    En su opinión ¿Creen que pudiera hacer algo?
     
    La Ley de Adquisiciones y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo no precisa que deban ser PM mercantiles las únicas que pueden ser proveedores. Aplicaría el principio de que ¿Lo que no esta prohibido esta permitido? ¿o no es necesario que lo diga puesto que una AC no puede realizar actividades económicas? aunque las realiza....
     
    Por sus comentarios gracias anticipadas
     
    Atte.
     
    Vicente 
     
    PD. Espero haberme dado a entender



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