- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
FUNDAMENTO LEGAL A LA PROHIBICIóN DE PROPAGANDA PóLITICA CERCA A LAS CASILLAS ELECTORALES.
- Consulta : 158220
- Autor : vigi_miron_NR
- Publicado : Sábado 30 de Junio de 2012 19:31 desde la IP: 189.229.1.216
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,099
-
AutorConsulta
-
Publicado el Sábado 30 de Junio de 2012
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 272895
-
Fecha de respuesta: Sábado 30 de Junio de 2012 22:57 2012-06-30 22:57 desde IP: 201.141.26.167
Artículo 257 del COFIPE. Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Artículo 257
1. El presidente y el secretario de cada casilla cuidarán las condiciones materiales del local en que ésta haya de instalarse para facilitar la votación, garantizar la libertad y el secreto del voto, y asegurar el orden en la elección. En el local de la casilla y en su exterior no deberá haber propaganda partidaria; de haberla, la mandarán retirar.
-
Autor





