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PENSION POR INVALIDES

  • Consulta : 215564
  • Autor : juliovazquez_31_NR
  • Publicado : Miércoles 04 de Diciembre de 2013 06:19 desde la IP: 189.136.158.180
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • juliovazquez_31_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Hola reciban un cordial saludo, mis dudas son: tengo un credito de infonavit y de fonacot, que ocurrira con ellos ya que lamentablemente sufri un accidente en trayecto a mi centro de trabajo, ya se califico como tal y ha transcurrido el año (fecha del accidente 21 octubre 2012), actualmente me encuentro en proceso de pension por invalides, les agradezco por la atencion.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 334154

  • gerel
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Incapacidad total permanente. Si obtienes una pensión
    del lMSS por incapacidad total permanente y cuentas con
    tu dictamen emitido por el Instituto Mexicano del Seguros
    Social, o por la Dirección General de Medicina del Trabajo,
    dependiente de la STPS (Secretaría del Trabajo y Previsión
    Social), podrás solicitar la liberación de tu adeudo y tramitar
    la cancelación de la hipoteca.

    Parcial permanente del 50% o más, o invalidez
    definitiva. Si obtienes una pensión del IMSS por
    incapacidad parcial permanente del 50% o más, o por
    invalidez definitiva, y cuentas con el dictamen emitido por
    el IMSS, o por la Dirección General de Medicina del Trabajo,
    dependiente de la STPS, podrás solicitar la liberación de
    tu adeudo siempre y cuando no hayas laborado en los dos
    últimos años como mínimo, lapso durante el cual gozarás de
    una prórroga.



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