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MEDIDAS DE APREMIO

  • Consulta : 146956
  • Autor : lic_male_NR
  • Publicado : Martes 17 de Abril de 2012 21:41 desde la IP: 189.131.192.244
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • lic_male_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    Podrian decirme como debo promover la desobediencia despues de llevar a cabo las medidas de apremio como lo es la multa y el cateo en un juicio ejecutivo mercantil toda vez que la deudora se niega a pagar la deuda .

    agradesco mucho la atencion espero poder contar con su apoyo saludos 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 262505

  • Miko-s_Attorney
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    El Código de Comercio establece en su numeral 1067 bis lo siguiente:

     

    PARA HACER CUMPLIR SUS DETERMINACIONES EL JUEZ PUEDE EMPLEAR CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS DE APREMIO QUE ESTIME PERTINENTES, SIN QUE PARA ELLO SEA NECESARIO QUE EL JUZGADOR SE CIÑA AL ORDEN QUE A CONTINUACIÓN SE SEÑALA:

     

    I.AMONESTACIÓN;

     

    II.MULTA HASTA DE SEIS MIL PESOS, MONTO QUE SE ACTUALIZARÁ EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1253, FRACCIÓN VI;

     

    III.EL USO DE LA FUERZA PÚBLICA Y ROMPIMIENTO DE CERRADURAS SI FUERE NECESARIA, Y

     

    IV.ARRESTO HASTA POR TREINTA Y SEIS HORAS;

     

    SI EL JUEZ ESTIMA QUE EL CASO PUEDE SER CONSTITUTIVO DE DELITO, DARÁ PARTE AL MINISTERIO PÚBLICO.

    LA LEY.

    (ÉNFASIS AÑADIDO)

     

    Luego entonces se supone que debería ser suficiente que explicara la situación al C. Juez pero suele pasar que ellos no lo quieren hacer, así que pida copias certificadas de todo lo actuado y póngalo en conocimiento del Ministerio Público para que se inicie la averiguación previa correspondiente...bueno así lo hice yo en Hidalgo (al fin y al cabo no debe variar en virtud de que hablamos de legislación federal) y funcionó aunque tardó un poco ojalá sea de ayuda.



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