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TENENCIA
- Consulta : 196620
- Autor : yoy45_NR
- Publicado : Martes 07 de Mayo de 2013 16:42 desde la IP: 187.142.139.26
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 07 de Mayo de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 315999
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Mayo de 2013 17:40 2013-05-07 17:40 desde IP: 201.141.98.198
Es otra leyenda urbano jurídica que circula desde los 90´s. Si Usted es dueño o poseedor de un vehículo automotor, está obligado a pagar todos y cada uno de los impuestos y derechos por la tenencia (posesión) le obliga, en consecuencia debe pagar los refrendos y las tenencias desde el 2007 a la fecha, así como los respectivos accesorios como lo son la actualización y recargos que se han generado, si lo hace voluntariamente no le cobrarán multa, y mucho ojo con los coyotes que abundan en el foro y que le digan que ha operado la prescripción, corra lo más lejos que su teclado le permita de quién le diga tal aberración.
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AutorRespuesta No: 316002
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Mayo de 2013 18:27 2013-05-07 18:27 desde IP: 189.142.133.75
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