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ACCION PAULIANA

  • Consulta : 107531
  • Autor : dfqf05
  • Publicado : Miércoles 30 de Marzo de 2011 20:12 desde la IP: 189.217.186.121
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • dfqf05
    ESTUDIANTE

    LA ESPOSA DE UN DEUDOR  VENDIO SU CASA PARA QUE NO SE LA EMBARGUEN POR QUE ESTA CASADA  POR REGIMEN  DE SOCIEDAD CONYUGAL   LA VENTA LA HIZO  6 MESES DEPUES DE QUE A SU ESPOSO SE LE VENCIERA  UN PAGARE, POR LO QUE YA TENIA 6 MESES DE MORA CON LA DEUDA   ¿ SE PUEDE INTENTAR LA ACCION PAULIANA   CON EL FUNDAMENTO DE QUE LA CASA  LA ADQUIRIO LA ESPOSA  DENTRO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y POR LO TANTO TAMBIEN ERA CASA DEL DEUDOR  ?    PARA EVITAR EL FRAUDE DE ACREEDOR.......    

     

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  • Autor
    Respuesta No: 217441

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado estudiante:

    Es obvio que el caso que plantea es una tarea escolar. Sin embargo, con el ánimo de que, Usted no nos transfiera a los foristas los deberes a su cargo y a la vez obtenga elementos que le ayuden a resolver el problema jurídico-práctico que le han encargado, por favor tome en cuenta lo siguiente:

    1. La acción pauliana busca nulificar los actos esencialmente gratuitos llevados a cabo por una persona que, dentro de los elementos de su patrimonio personal existen a su cargo deudas líquidas y exigibles;

    2. El deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes.

    Con estos elementos Usted debe estar en posibilidades de resolver por sí mismo el caso planteado.

    Saludos cordiales.



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