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CONTRATO POR OBRA DETERMINADA (MATERIA LABORAL)
- Consulta : 220427
- Autor : haolen_asakura_NR
- Publicado : Lunes 03 de Febrero de 2014 00:46 desde la IP: 189.169.244.21
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,069
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 03 de Febrero de 2014
Estado de Referencia: Jalisco
Hola mucho gusto a todos los abogados de esta pagina, es mi primera vez escribiendo aqui y espero que me puedan ayudar con esta duda.
Actualmente estoy trabajando para un banco muy importante de mexico (en un puesto bajo mas que todo) pero en papel estoy contratado por un empresa que se llama Adecco, es decir a ellos les firme los papeles son los que pagan el imss, etc.
Y en el contrato que firme con ellos me aparezco bajo el regimen de "contrato por obra determinada" el primer contrato lo firme del 27/nov al 27/dic del 2013 para el periodo de capacitacion, entonces por cuestiones de fin de año, sin firma otro contrato se extendió ese hasta el 1/ene del 2014 y firme otro a partir del 2/ene del 2014 por si no mal recuerdo 3 meses bajo el mismo regimen de obra determinada. Ahora lo esta es mi duda en la LFT dice: "El señalamiento de una obra determinada puede unicamente estipularsse cuando lo exija su naturaleza".
Y el trabajo para el cual me contrataron es ser analista telefonico (atencion a clientes).
En la LFT hasta donde he leido no me aparece mas regulacion al respecto y utilizando mi logica yo no trabajo en ninguna obra como tal, entonces como no cabe dentro del ambito que este especifica ¿Automaticamente se toma por contrato por tiempo indefinido?
Hay algunas cosas mas que tengo duda pero esa es la mas importante. Se que es mucha letania pero de antemano muchas gracias por responder.
P.D. Una duda extra... durante el periodo mencionado de capacitacion tuve una falta injustificada por mi parte, entonces cuando nos finiquitaron el contrato de capacitacion no me cobraron dicha falta pero pasado todo este mes desde que sucedio la capacitacion me cobraron la falta en esta quincena de la segunda enero el 30. Pueden hacerlo? Digo porque usando mi logica tambien, me dice que si ya me finiquitaron el otro contrato no pueden hacerlo... y si lo hacen se puede interpretar como que el contrato siguio por tiempo indefinido?
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AutorConsulta
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