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REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO ¿DEBE PRESENTARSE EN LA JUNTA?

  • Consulta : 149095
  • Autor : EugeniaHdez
  • Publicado : Miércoles 02 de Mayo de 2012 09:32 desde la IP: 189.166.210.253
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • EugeniaHdez
    USUARIO REGISTRADO

    Buen día:

    La presente es para solicitar su apoyo en la siguiente duda:

    Actualmente la empresa en donde trabajo estamos elaborando las politicas organizacionales, reglamento interno y acta administrativa. La pregunta es, el reglamento interno de trabajo ¿debe presentarse ante la junta de conciliación y arbitraje y debe ser elaborada por una comisión mixta como lo indica el titulo séptimo art, 424 de la Ley Federal de Trabajo?

    Y si fuera así, ¿que sucedería si la empresa solo elabora el reglamento y no lo presenta ante la junta de conciliación y arbitraje?

    De antemano, muchísimas gracias por el apoyo.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 264390

  • LOTARIO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El reglamento se elabora en conjunto con los representantes del patrón y los representantes de los trabajadores. Una vez elaborado, es conveniente que sea leido ante todo el personal para afinar detalles. Se registra ante la Secretaría del Trabajo y se le entrega una copia a cada trabajador, quien deberá de firmar de recibido. Tambien se fija un ejemplar en un lugar visible dentro de la empresa y por sobre todo...HAY QUE RESPETARLO, TANTO PATRONES COMO TRABAJADORES. Por experiencia puedo decirle que los primeros en violarlo son los patrones. Junto con el reglamento hay que elaborar o adecuar los contratos individuales de trabajo, respetando las antiguedades y salarios. De no estar registrado el reglamento, entonces todas aquellas obligaciones o derechos que en él se expresaron, no podrán hacerse valer dentro de un proceso laboral, tampoco serán válidas aquellas cláusulas que vayan en contra de la ley o el derecho de los trabajadores, aunque ambas partes hayan estado de acuerdo en así ponerlas en el reglamento. Felicidades, pocas empresas o patrones regularizan su relación con los trabajadores...Buen día.



  • Autor
    Respuesta No: 266242

  • EugeniaHdez
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchisimas gracias por la información, Me gustaría saber si hay forma de contactar a un buffete de abogados, (León, Gto o México, D.F.) para revisar este y otros asuntos de contratos puesto que nuestra empresa trabaja con esquema de honorarios y estamos comenzando ante el IMSS.

     

    Nuevamente mil gracias!



  • Autor
    Respuesta No: 364301

  • AlejandroAlvarez
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas tardes, actualmente también estamos interesados en registrar el reglamente interno ante la JFCA, sé que debo llevar el reglamento firmado por ambos representantes y debe estar apegado a los requisitos del artículo 423 de la LFT, sin embargo desconozco que otros documentos debo presentar para hacer el registro, hablé para preguntar directamente al teléfono de contacto de la JFCA sin embargo, tras varias transferencias me indicaron que por teléfono no pueden darme informes, solo en persona. La verdad no tengo oportunidad de salirme e ir hasta allá, mucho agradeceré si alguien puede orientarme un poco al respecto. saludos y gracias de antemano.



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