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NO QUIERE LA PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 204391
- Autor : rainbowvintage2_NR
- Publicado : Lunes 29 de Julio de 2013 07:17 desde la IP: 187.185.218.159
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 29 de Julio de 2013
Estado de Referencia: Quintana Roo
Hola que puedo hacer si la madre de ni hijo no quiere que le pase pension y ni quiere que lo vea siendo que ya lo registre,y yo si le quiero dar la pension.inicie la solucion de conflictos en el poder judicial de quintana roo en justicia alternativa. ella me dice que no quiere que este en la vida del nino pero no quiero que luego me ponga una denuncia por incumplimiento de pension siendo que yo si acepte darsela. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 322373
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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Julio de 2013 09:27 2013-07-29 09:27 desde IP: 187.201.125.244
rainbowvintage2:
Demande a la madre de su hijo en un juicio de pérdida de la patria potestad en virtud de que las pensiones alimenticias son irrenunciables y la madre renuncia a ellas en perjuicio del hijo...
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Autor
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AutorRespuesta No: 322375
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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Julio de 2013 10:59 2013-07-29 10:59 desde IP: 187.155.65.93
promueve unas diligencias de consignacion de alimentos; consiste en interponer unas diligencias ante el juzgado competente con la finalidad de dar la cantidad correspondiente de alimentos ante la autoridad, que la integrará a un fondo sin perjuicio de que la madre tu hijo haga uso de los mismos o nó. con esto no puede alegar el incumplimiento de pago de alimentos, pues es mas que clara tu disposicion para otorgarlos. saludos y consulta a tu abogado de confianza.
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Autor
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AutorRespuesta No: 322418
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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Julio de 2013 16:56 2013-07-29 16:56 desde IP: 187.234.197.129
ESTIMADO CONSULTANTE.
Muy mal hace la madre de tu hijo al negarse a recibir la pensión ya que le está negando a tu hijo del derecho de permitirle disfrutar de una mejor calidad económica de vida y ante esta situación y para que no tengas ningún tipo de responsabilidad de carácter penal en un futuro te recomiendo consignar de manera quincenal o mensual la pensión alimenticia a través de los juzgados en materia familiar mediante un procedimiento llamado Diligencias Preliminares de Consignación de pensión alimenticia que tienen como finalidad notificar al acreedor alimentario o al representante que en este caso es la madre de tu hijo que su dinero se encuentra a su disposición para su cobro ante el juez, de tal manera que tú como deudor alimentario al hacer esta consignación cumples con tu obligación. Asimismo, por otro lado con el acta de nacimiento de tu pequeño hijo puedes demandar un régimen de visitas y convivencias para que queden establecidos los días y horarios en que podrás convivir con él pues éste no es sólo un derecho tuyo como progenitor sino ante todo es un derecho del menor del cual no puede ser privado sino mediante situaciones en las que corra peligro su integridad o su vida.
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