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DIVORCIO POR ADULTERIO

  • Consulta : 269158
  • Autor : quinterodula_NR
  • Publicado : Miércoles 17 de Junio de 2015 19:46 desde la IP: 187.188.72.17
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,830
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  • Autor
    Consulta

  • quinterodula_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    hola buen dia mi esposa cometio adulterio hace 2 años la perdone y regresamos haora quiero que me haga un video confesando lo que hizo me sirve de algo juridicamente

     

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  • Autor
    Respuesta No: 381774

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, la acción de divorcio por adulterio prescribio por dos causas:

    La primera, porque usted le otorgó el perdón, y la segunda, porque sino le hubiera otorgado el perdón, usted debió demandar el divorcio dentro delos 6 meses siguientes a la fecha en que tuvo conocimiento del adulterio que aduce.

    Adicionalmente, debo decirle que frecuentemente, uno de los cónyuges atribuye al otro una conducta de adulterio, por el hecho que se da cuenta que en su correo electrónico o mensajes de texto del celular, aparecen conversaciones que, a juicio del que se dice ofendido, demuestran que tiene una relación con otra persona.

    Déjeme decirle que eso, no es adulterio.

    El adulterio consiste en que una persona sostenga relaciones sexuales con otra que no sea su cónyuge; obviamente, es una conducta refractaria a la prueba directa, pues por simple lógica, cualquier persona (aún los mismos cónyuges), cuando sostienen una relación sexual lo hacen en la intimidad, y no enfrente de testigos; por tanto, la única forma de demostrarlo es a través de la prueba indirecta, y ésta se logra solamente cuando, como consecuencia de esas relaciones sexuales, se engendra a un hijo que es reconocido por ambos progenitores, pues, con las salvedades de las nuevas técnicas de fertilización artificial, en que no es necesaria la relación para engendrar a un hijo, subsiste la presunción que para procrearlo se tuvo esa relación sexual.

    Por el contrario, obligar usted a su cónyuge que, en un video realice una confesión de esa naturaleza, constituye de su parte una conducta de violencia familiar que ella podría invocar, no solamente para demandarle el divorcio, sino también para presentar en su contra formal querella por el delito de violencia familiar.

    Por tanto, no le queda mas que tener presente que, "de los arrepentidos es el reino de los cielos"



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