Estado de Referencia: Oaxaca
Celebré un contrato privado por medio del cual se estableció la prestación de un servicio; a la firma del contrato, firmé un pagaré por el monto total de la contraprestación pactada en dicho contrato.
Posteriormente celebré el convenio modificatorio al contrato, toda vez que me resultó imposible efectuar el pago que ampara el pagaré; por lo que la empresa con la que firmé el contrato, decidió condonarme el pago de dicho pagaré, dándose por satisfecho y pagado el monto descrito; sin embargo, la empresa que contraté realizó la prestación del servicio.
mi pregunta es: si se me condonó la deuda y el servicio fue prestado, puedo darle a esta operación, efectos legales y fiscales??? como pueden ser: dar por hecho la prestación del servicio y acumular la cantidad de la deuda condonada desntro de mi declaración como ingresos???