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RENUCNIA VOLUNTARIA
- Consulta : 139619
- Autor : omni_silver_NR
- Publicado : Jueves 23 de Febrero de 2012 10:35 desde la IP: 189.240.12.52
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 23 de Febrero de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 255648
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Febrero de 2012 12:36 2012-02-23 12:36 desde IP: 189.186.52.24
No le corresponde nada, ya que no se encuentra en el supuesto del articulo 162 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que al haberse cubierto las demas prestaciones que por ley le correspondian, solo le queda que le den las gracias.
Atte: Lic. Alberto Ayala
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AutorRespuesta No: 354446
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Mayo de 2014 21:40 2014-05-07 21:40 desde IP: 189.217.95.178
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