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¿LEGALMENTE UN ADULTO MAYOR PUEDE ENFRENTAR UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL?
- Consulta : 134498
- Autor : juan-manuel.p.villazana_NR
- Publicado : Jueves 05 de Enero de 2012 20:19 desde la IP: 201.134.132.194
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,089
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Enero de 2012
Estado de Referencia: Coahuila
Mi madre enfrenta un juicio ejecutivo mercantil por un pagaré. Creemos que éste es falsificado. Sin embargo, el demandante ha peleado por conseguir la casa de mi madre en garantía de ese pagaré.
Ella tiene mas de 70 años y consideramos que para empezar ese juicio no procede para ella por la edad.
¿Serían amable de indicarme si éste juicio procede?
En espera de sus comentarios, estoy a sus órdenes. Un saludo. Juan Manuel
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 250480
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 20:29 2012-01-05 20:29 desde IP: 201.141.105.65
Nada tiene que ver la edad de la demandada, aunque tuviera más de cien años mientras no se encuentre en estado de interdicción, debe contestar la demanda. El abogado es quién debe oponer la falsedad del documento base de la acción.
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Autor
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AutorRespuesta No: 250483
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 21:19 2012-01-05 21:19 desde IP: 189.181.68.142
Como lo manifiesta la persona que me antecede, la edad en este caso no exenta al deudor de la obligacion de pago y entendiendo que ya su mama fue demandada o esta por serlo, requiere un abogado que conozca el litigio y oponga las excepciones adecuadas para evitar perder el juicio. Es acertada la opinion citada, de que debe de hacer valer como excepcion y defensa la falsedad del documento y denunciar los hechos ante el agente del ministerio publico, por la conducta desplegada por el activo, y el M. P. determinara si existe delito o no y en consecuencia, si procede o no el juicio mercantil. Atte. Lic. J. L. Camacho.
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Autor
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AutorRespuesta No: 250494
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 22:20 2012-01-05 22:20 desde IP: 201.152.83.104
efectivamente en palabras del que antecede "la edad en este caso no exenta al deudor de la obligacion de pago", por lo que lo mas seguro es contratar los servicios de un abogado a efecto de contestar la demanda y en cuanto a la falsedad del titulo debera de probarse en el juicio mercantil por lo que se debera de ofrecer prueba en grafoscopia y/o documentoscopia a efecto de probar dicha falsedad y ofrecer incidente criminal para que el MP intervenga conforme a sus atribuciones, pero reitero independientemente que se denuncien esos hechos delictuosos la falsedad se debera de demostrar en juicio ejecutivo mercantil para que NO se le condene a pagar la cantidad que supuestamente se le reclama
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Autor
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AutorRespuesta No: 250499
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 22:37 2012-01-05 22:37 desde IP: 201.157.6.98
me quedo con duda, ya que no mencionas si la deudora es tu mama. o se esta demandadno a una persona que vive ahi (tu hermano, primo, ect.) y que peinsen que la casa es de ellos o tu mama sirvio de aval, y que cantidad es para poder llegar al embargo de la casa.
saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 250597
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Enero de 2012 10:59 2012-01-07 10:59 desde IP: 189.177.60.74
Mañosamente un abogado puiere arguir DEMENCIA SENIL apoyado on un dictamen medico de farmacias de don simi. Pero ello...solo daria causa a que le fuere nombrado un tutor o curador segun sea el caso para que por su conducto, enfrente el juicio y pague el adeudo. Saludos a los colegas participantes
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Autor
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AutorRespuesta No: 250598
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Enero de 2012 10:59 2012-01-07 10:59 desde IP: 189.177.60.74
Mañosamente un abogado puiere arguir DEMENCIA SENIL apoyado on un dictamen medico de farmacias de don simi. Pero ello...solo daria causa a que le fuere nombrado un tutor o curador segun sea el caso para que por su conducto, enfrente el juicio y pague el adeudo. Saludos a los colegas participantes
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Autor
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AutorRespuesta No: 250629
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Enero de 2012 16:12 2012-01-07 16:12 desde IP: 187.194.9.168
si tiene bienes... tiene capacidad... salvo prueba en contrario... su capacidad de gose o de ejercicio... no la desvinculan de un pago de deuda...
si la firma es de ella..,. tendra qwue pagar... aunque tu no lo quieras asi...
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Autor
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AutorRespuesta No: 250729
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Enero de 2012 19:10 2012-01-08 19:10 desde IP: 187.194.9.168
nadie?
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