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RENTA DE DEPARTAMENTO
- Consulta : 239968
- Autor : david.guajardo24_NR
- Publicado : Miércoles 27 de Agosto de 2014 17:34 desde la IP: 187.234.106.150
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 27 de Agosto de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola, tengo algunas dudas, espero que me puedan ayudar.
Habito un departamento junto con mi esposa desde hace un par de años que le pertenecía a un familiar de mi esposa. Este familiar, antes de fallecer, decidió dejar el departamento a nombre de un amigo suyo al que llamaré Javier en adelante. No sé bajo qué reglas está el testamento que Javier debe pagar al rededor de 15,000 para poder abrir el testamento. Después de dos meses del fallecimiento de dicho familiar Javier decide cobrarnos la renta aunque el departamento aún no está a su nombre y aunque no hay, por lo tanto, un contrato legal para cobrarnos, y generandonos una deuda por un malentendido en el que nos decían el sr.Javier y su esposa que no nos preocuparamos por la renta pues primero debían abrir el testamento. Sin embargo nos comenzó a cobrar el sr.Javier dos meses atrasados y entonces mi pareja y yo le redactamos una carta en la que nos comprometíamos a pagarle lo atrasado, una carta con mucho caracter moral ante todo, en el que se le pide que nos de chance de irle pagando lo atrasado en pagos diferidos. Al familiar fallecido nunca se le debió nada y con el cual, por cierto, nunca se firmó ningún contrato pues eramos de confianza. Mi pregunta es si el sr. Jorge está en capacidad de cobrarnos? la carta comrpomiso puede utilizarla como documento retroactivo para cuando una vez que demuestre que ese departamento es suyo cobrarnos todo lo que se le debe en caso de que dejemos de pagarle? En qué situación estamos legalmente? La carta que le redactamos tiene realmente una importancia legal? o podemos argumentar que no le debemos pagar nada hasta que exista un contrato legal y que dicha carta compromiso no tiene ningún valor pues no existe ningún contrato?
Muchas gracias y estaré atento a su respuesta
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 364120
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Agosto de 2014 18:51 2014-08-27 18:51 desde IP: 201.141.82.59
Existe un contrato verbal de arrendamiento con el finado y su obligación como arrendatarios es pagar la renta por el uso y disfrute del inmueble, para no incurrir en mora pueden consignar la renta mediante billete de deposito.
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Autor
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AutorRespuesta No: 364121
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Agosto de 2014 18:54 2014-08-27 18:54 desde IP: 201.141.82.59
Lo anterior si ustedes no tienen la certeza que Javier tenga derecho a recibir el pago de la renta.
Respecto de la carta que dice haber redactado al omitir mencionar el contenido de la misma y si esta fue formada por ustedes, resulta imposible orientarle sobre la validez y alcance legal de la misma.
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Autor
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AutorRespuesta No: 364138
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Agosto de 2014 20:18 2014-08-27 20:18 desde IP: 201.141.82.59
"...y si esta fue formada por ustedes..." debe decir: "...y si esta fue firmada por ustedes..."
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Autor





