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FRAUDE PRESCRIPCIóN

  • Consulta : 98400
  • Autor : bere778_NR
  • Publicado : Martes 18 de Enero de 2011 10:17 desde la IP: 189.243.221.5
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,104
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  • Autor
    Consulta

  • bere778_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

     

     

    Desde que momento se empieza a contar la prescripción para el delito de fraude. De acuerdo a la legislación de Puebla dice:

    Artículo 135.- Cuando para deducir una acción persecutoria, sea necesario que antes se termine un juicio civil o de defensa social, no comenzará a correr la prescripción, sino hasta que en ese juicio se haya pronunciado sentencia irrevocable.

    Ahora, es importante mencionar que existió un incidente de liquidación de sentencia...  Q sentencia se toma como irrevocable, la sentencia defiitiva ejecutoriada, o la q se emite en el incidente.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 205628

  • Berenice
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    O se tiene q esperar q que se declarela insolvencia del deudor para que proceda el delito de fraude??? Desde ese moento se cotaría el término de la prescripcion?



  • Autor
    Respuesta No: 205630

  • Berenice
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    O se tiene q esperar q que se declarela insolvencia del deudor para que proceda el delito de fraude??? Desde ese moento se cotaría el término de la prescripcion?



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