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PREGUNTA SOBRE TESTAMENTO

  • Consulta : 111455
  • Autor : jcbch_NR
  • Publicado : Martes 03 de Mayo de 2011 13:01 desde la IP: 201.160.166.226
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
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  • Autor
    Consulta

  • jcbch_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    Buena tarde,

    En los documentos que mi mama me dejo esta el testamento original(sellado y notariado)
    que le mencionaba y dice lo siguiente:

    -------------------------------------------
    PRIMERA La senora "A" , designa como unicos y universales herederos de los bienes que actualmente tiene
    y de los que en el futuro adquiera, a sus hijos  los sres "B" y "C" en comun, proindiviso y por partes iguales

    SEGUNDA Para el caso de que alguno de los herederos instituidos en la clausula precedente, falleciere antes
    que la testadora, su parte acrecera a la del heredero sobreviviente

    TERCERA La testadora designa como albaceas de su sucesion a los senores "B" y "C" a quien prorroga por un
    año mas el plazo que la ley les concede para el ejercicio de su encargo.

    CUARTA Que no ha otorgado con anterioridad a este ninguna clase de testamento, pero si alguno apareciere
    lo desconoce por no ser propio.

    --------------------------------------------
    Basicamente se esta  hablando de la casa donde vivimos mi madre y yo  en la Colonia Obrera 2da Secc aqui en Tijuana.
    (mi IFE y demas datos tienen esa direccion)

    Como mi hermana y yo no podemos dividirnos la propiedad hemos acordado venderla y repartirnos por mitad
    gastos y todo.(ella es casada y tiene su casa (que tambien le regalo mi mama))

    la clausula tercera.. que significa? que es un albacea? y que pasa despues de ese limite de tiempo?

    Cual es la mejor manera de tomar posesion para hacer la venta?

    Que tramites prosiguen y mas o menos cuanto toman actualmente?
    (Ya pague el predial de este año)

    Muchos Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 221841

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     jcbch

    Respondiendo a sus interrogantes:

    la clausula tercera.. que significa?

    Esta CLAUSULA  la testadora ha designado como albaceas a dos personas de acuerdo al texto que usted transcribe es de manera mancomunada, es decir, que las dos personas jereceran el cargo de albacea la mismo tiempo o bien salvo error de su transcripcion designa albacea a la persona "A" y al termino del cargo que es de un año masun año de prorroga en el cargo designa como albabacea sustituto a la persona "B".

    que es un albacea?

    Albacea es el representate legal del difunto, el cargo de albacea es voluntario y quien acepta dicho cargo tine obligaciones que son inherentes al cargo conferido, como son en este caso: la defensa de la validez del testamento, formacion del inventario y avaluos de los bienes que conforman la masa hereditaria, la rendicion de cuentas a los demas herederos, la particion y adjudicacion de los bienes y la representacion legal en todos los aspectos legales que no se extibguien con la muerte del autor de la sucesion.

    y que pasa despues de ese limite de tiempo?

     

    Transcurrido el termino legal que dura el cargo y habiendo transcurrido la prorroga que tambien es de un año sin que el albacea concluyera el juicio sucesorio testamentario, el o los demas herederos pueden solicitar al juez la remosion o la cesacion del cargo de albacea seguin sea el caso.

    Cual es la mejor manera de tomar posesion para hacer la venta?

    Por principio deberan darle tramite al testamento sea de manera extrajudicial por medio de Notario Publico o bien tramitandolo via juidicial antre un Juez de lo Familiar, en ambas opciones del inmueble se debe hacer el  INVENTARIO Y AVALUO si usted y su hermana estan de acuerdo una vez hecho lo anterior se pueden ir directamente a la adjudicacion y ya desde ese momento estan en posibilidad de anunciar en venta el inmueble.

     Que tramites prosiguen y mas o menos cuanto toman actualmente?

     

    Como le menciono en la respuesta que anterior lo pueden tramitar mediante Notario Publico si ambos estan de acuerdo y no exista controversia entre los dos o bien por medio de un juicio sucesorio testamentario ante un Juez de lo Familiar, por lo que sugiero que antes de tomar una desicion soliciten costos en por lo menos dos Notarias Publicas asi como en dos despachos juridicos, el tiempo de tramite es mas rapido por medio de Notario no obstante es mas elevado el costo de honorarios, en cuanto al tiempo de tramitacion en un juzgado de lo familiar depende de la carga de trabajo que este tenga.

    Saludos.


     



  • Autor
    Respuesta No: 221842

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     jcbch

    Respondiendo a sus interrogantes:

    la clausula tercera.. que significa?

    Esta CLAUSULA  la testadora ha designado como albaceas a dos personas de acuerdo al texto que usted transcribe es de manera mancomunada, es decir, que las dos personas jereceran el cargo de albacea la mismo tiempo o bien salvo error de su transcripcion designa albacea a la persona "A" y al termino del cargo que es de un año masun año de prorroga en el cargo designa como albabacea sustituto a la persona "B".

    que es un albacea?

    Albacea es el representate legal del difunto, el cargo de albacea es voluntario y quien acepta dicho cargo tine obligaciones que son inherentes al cargo conferido, como son en este caso: la defensa de la validez del testamento, formacion del inventario y avaluos de los bienes que conforman la masa hereditaria, la rendicion de cuentas a los demas herederos, la particion y adjudicacion de los bienes y la representacion legal en todos los aspectos legales que no se extibguien con la muerte del autor de la sucesion.

    y que pasa despues de ese limite de tiempo?

     

    Transcurrido el termino legal que dura el cargo y habiendo transcurrido la prorroga que tambien es de un año sin que el albacea concluyera el juicio sucesorio testamentario, el o los demas herederos pueden solicitar al juez la remosion o la cesacion del cargo de albacea segun sea el caso.

    Cual es la mejor manera de tomar posesion para hacer la venta?

    Por principio deberan darle tramite al testamento sea de manera extrajudicial por medio de Notario Publico o bien tramitandolo via juidicial antre un Juez de lo Familiar, en ambas opciones del inmueble se debe hacer el  INVENTARIO Y AVALUO si usted y su hermana estan de acuerdo una vez hecho lo anterior se pueden ir directamente a la adjudicacion y ya desde ese momento estan en posibilidad de anunciar en venta el inmueble.

     Que tramites prosiguen y mas o menos cuanto toman actualmente?

     

    Como le menciono en la respuesta que anterior lo pueden tramitar mediante Notario Publico si ambos estan de acuerdo y no exista controversia entre los dos o bien por medio de un juicio sucesorio testamentario ante un Juez de lo Familiar, por lo que sugiero que antes de tomar una desicion soliciten costos en por lo menos dos Notarias Publicas asi como en dos despachos juridicos, el tiempo de tramite es mas rapido por medio de Notario no obstante es mas elevado el costo de honorarios, en cuanto al tiempo de tramitacion en un juzgado de lo familiar depende de la carga de trabajo que este tenga.

    Saludos.


     



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