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DEUDA
- Consulta : 237663
- Autor : dominguezgradocesar_NR
- Publicado : Jueves 31 de Julio de 2014 10:50 desde la IP: 189.244.94.137
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,108
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 31 de Julio de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 361942
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Fecha de respuesta: Jueves 31 de Julio de 2014 11:08 2014-07-31 11:08 desde IP: 189.155.247.0
Debe cobrarle a los herederos o Albacea si es que dejo testamento, si no dejo testamento debe esperar a que los hijos inicien su Juicio Intestamentario y esperar (poco mas de un año) quien queda como Albacea, si no paga, Usted tendra que contratar un Abogado Especialista en Materia Mercantil para demandar el cobro y si bien le va en otros dos años mas saldria la sentencia y si es a su favor entonces cobra...pero le saldria mas caro el "caldo que las albondigas", ya que tendra que "mantener" a su Abogado todo ese tiempo y aparte del cobro le pide su porcentaje, evaluelo....Cuidese de "abogados" (coyotes) que se anuncian en este Foro que es Gratuito, ofreciendo sus servicios de "asesoria"...
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