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RECURSO
- Consulta : 279391
- Autor : juniorsam1_NR
- Publicado : Lunes 21 de Marzo de 2016 14:04 desde la IP: 187.240.207.186
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 21 de Marzo de 2016
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 387753
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Marzo de 2016 20:10 2016-03-23 20:10 desde IP: 201.141.114.20
Ningun recurso procede, ya que ante el Tribunal Colegiado no se debe presentar la demanda de amparo directo, sino ante la autoridad que emite la sentencia o resolución que pone fin al juicio,
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