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QUIERO LA TOTAL PATRIA POTESTAD DE MI HIJO
- Consulta : 265055
- Autor : MsnIan
- Publicado : Jueves 07 de Mayo de 2015 21:52 desde la IP: 189.214.32.112
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,107
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 07 de Mayo de 2015
Qué tal. Mi situación es esta. Tengo 10 años de casada con el papá de mi hijo. Él esos 10 años ha estado en USA; si ha venido por temporadas, pero, ya tiene 3 años que no se presenta. No se había desobligado. Pero desde hace 3 años que se olvido de su responsabilidad y no ha enviado ni un peso. Ahora bien ya tiene su pareja. Quiero divorciarme totalmente de él. Me pueden asesorar de qué forma puedo agilizar esto. Gracias Nota: él ha estado moviendose para el divorcio y para desobligarse en toda la extención de la palabra, es decir, legalmente no hacerse responsable de su hijo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 379233
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Mayo de 2015 09:21 2015-05-08 09:21 desde IP: 187.176.101.171
Debo aclararle primero, que la patria potestad la adquieren ambos padres en el momento del nacimiento del hijo, y su ejercicio no es sujeto de renuncia; por tanto, usted ya la tiene, de forma tal que no necesita que nadie se la otorgue.
En cuanto al incumplimiento de su cónyuge a las obligaciones alimentarias que tiene respecto del hijo de ambos, y la ausencia de convivencias con el menor, asístase de abogado especialista en Derecho Familiar, a fin de que inicie los procedimientos relativos al otorgamiento de la pensión alimenticia y la pérdida de la patria potestad respecto de él; asimismo, el abogado que contrate le indicará el procedimiento relativo al divorcio incausado.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379440
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:01 2015-05-11 21:01 desde IP: 189.176.134.211
Buenas tardes, mi opinión al respecto del tema planteado es que puede demandarlo por vía penal, por incumplimiento de obligaciones familiares. Y solicitar un divorcio voluntario que por lo que leo están ambos de acuerdo en divorciarse y de esta manera será aún más rápido.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379441
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:04 2015-05-11 21:04 desde IP: 189.176.134.211
Buenas tardes.
Tomando en cuenta que la “Patria Potestad” es un Derecho Irrenunciable, el cónyuge aunque haya desatendido al menor por cierto tiempo, no puede renunciar completamente a ese Derecho. Cabe mencionar que si Usted decide divorciarse, lo puede hacer por vía familiar, y aclararan la pensión que le tocará al menor.
También puedes hacerlo por la Vía Penal, ya que el esta incumpliendo con las obligaciones que tiene como padre y como tu aun esposo, para esto debes de tomar en cuenta el tiempo, el delito se le llama “Incumplimiento de Obligaciones Familiares”.
Espero te sirva y sobre todo que tengas una pronta solución.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379442
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:05 2015-05-11 21:05 desde IP: 189.176.134.211
hola, buenas tardes estimado usuario mi recomendacion para su caso es que presente una demanda hacia su marido por incumplimiento de obligaciones o abandono de hogar, es importante que el niño este registrado con los apellidos de su marido para poder pedir manutencion y si no esta presentar una prueba de paternidad para pedir los benficios que al niño le corresponda.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379443
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:06 2015-05-11 21:06 desde IP: 189.176.134.211
Buenas Tardes.
Mi opinion es que puedes demandar a tu conyugue por la via penal por el Delito de Incumplimiento de Obligaciones Familiares.
Haciendo enfacis de que la patria potestad es renunciable cuando el Juez dicte una sentencia definitiva (solo cuando el lo dicte).
De igualmanera tambien puedes demandar por la via civil, promoviendo un divorcio necesario por abandono de hogar y por Incumplimiento de las Obligaciones Familiares.
Espero y te sirva mi ayuda
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Autor
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AutorRespuesta No: 379444
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:08 2015-05-11 21:08 desde IP: 189.176.134.211
Hola buenas tardes a mi punto de vista la patria potestad la tienen ambos por ser hijo de los dos, solo quedaria demandarlo por abandono de domicilio conyugal y por la pension alimenticia de tu hijo, tambien si tu no trabajas puedes pedirle una pension para ti, tienes que tomar en cuenta varios puntos como el que tu hijo no haya interrumpido sus estudios, que tenga hijos o este emancipado o bien que ya este trabajando de esa manera se corta la pension.
saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 379445
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:08 2015-05-11 21:08 desde IP: 189.176.134.211
Buenas tardes , estube leyendo su caso señora, su caso es que primera mente quiere divorciarse de esta persona que no ha cumplido con sus obliglaciones desde hace 3 años, y esta persona esta ahora en estados unidos ya con su pareja,
por lo que primera mente le recomendaria empezar la demanda de divorcio "necesario", en donde usted expresaria que su pareja hace años que no viene a vicitarlos ni a darle manutencion a su hijo, como no se sabe el paradero de esta persona entonces se le notificara por EDICTOS esto quiere decir que como no se sabe su domicilio se notificara en el diario de mayor circulacion en su ciudad. como no se encontrara a la persona en el pais ya que esta en estados unidos se dara por aceptado los terminos.
despues una demanda por la patria potestad por abandono e incumplimiento de obligaciones familiares expresando, fundando y motivando las situaciones por la que esta pasando
sin mas por el momento estoy a sus ordenes para mas informacion.....
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Autor
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AutorRespuesta No: 379446
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:12 2015-05-11 21:12 desde IP: 189.176.134.211
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Autor
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AutorRespuesta No: 379447
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:14 2015-05-11 21:14 desde IP: 189.176.134.211
Buenas tardes
Te recomiendo que te vayas a la vía civil, en lo familiar, por abandono de hogar y llegar a un divorcio necesario.
Y en cuanto a la patria potestad, no te preocupes tú la adquieres por ser la madre y él fue el que abandono el lugar conyugal y desatendió obligaciones, aparte no puede renunciar a darle alimentos
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Autor
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AutorRespuesta No: 379448
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:18 2015-05-11 21:18 desde IP: 189.176.134.211
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Autor
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AutorRespuesta No: 379449
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:21 2015-05-11 21:21 desde IP: 189.176.134.211
Buenas Tardes.
Hay que tomar en cuenta de que la “Patria Potestad” la adquieren los dos, en el momento del nacimiento de su hijo y es Irrenunciable.
Si usted ha decidido divorciarse puede llevarlo a cabo por vía familiar o civil, dando a conocer desde cuándo es que él no los visita y ha dejado de mandarle para la manutención de su hijo.
También puedes presentarlo por vía penal, por incumplimiento de obligaciones, hacia su hijo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379450
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:21 2015-05-11 21:21 desde IP: 189.176.134.211
Buenas Tardes.
Hay que tomar en cuenta de que la “Patria Potestad” la adquieren los dos, en el momento del nacimiento de su hijo y es Irrenunciable.
Si usted ha decidido divorciarse puede llevarlo a cabo por vía familiar o civil, dando a conocer desde cuándo es que él no los visita y ha dejado de mandarle para la manutención de su hijo.
También puedes presentarlo por vía penal, por incumplimiento de obligaciones, hacia su hijo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379451
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:21 2015-05-11 21:21 desde IP: 189.176.134.211
Buenas Tardes.
Hay que tomar en cuenta de que la “Patria Potestad” la adquieren los dos, en el momento del nacimiento de su hijo y es Irrenunciable.
Si usted ha decidido divorciarse puede llevarlo a cabo por vía familiar o civil, dando a conocer desde cuándo es que él no los visita y ha dejado de mandarle para la manutención de su hijo.
También puedes presentarlo por vía penal, por incumplimiento de obligaciones, hacia su hijo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379452
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 21:21 2015-05-11 21:21 desde IP: 189.176.134.211
Buenas Tardes.
Hay que tomar en cuenta de que la “Patria Potestad” la adquieren los dos, en el momento del nacimiento de su hijo y es Irrenunciable.
Si usted ha decidido divorciarse puede llevarlo a cabo por vía familiar o civil, dando a conocer desde cuándo es que él no los visita y ha dejado de mandarle para la manutención de su hijo.
También puedes presentarlo por vía penal, por incumplimiento de obligaciones, hacia su hijo.
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