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COMPETENCIA

  • Consulta : 280158
  • Autor : superranita72_NR
  • Publicado : Martes 14 de Junio de 2016 12:47 desde la IP: 189.208.216.232
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
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  • Autor
    Consulta

  • superranita72_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco
    Buenas Tardes, quisiera saber que piensan en relacion al siguiente caso; Existe un contrato de prestamo con garantia hipotecario con Clausula de Transaccion Judicial, dentro del instrumento publico en el apartado de transaccion se somenten las partes al procedimiento de ejecucion del articulo 506 del Cod. Proc. Civ. de Jalisco, para hacerlo valer en la via de apremio, cabe señalar que el inmueble en garantia esta en Bahia de Bandera Nayarit. La obligacion de pago se incumplio sin embargo en la clausula de Jurisdiccion las partes se someten a la Jurisdiccion del Juzgado de Bucerias en Nayarit, y la intencion es hacer valer el procedimiento de ejecucion en la via de apremio a la cual se somenten las partes contemplado en el codigo de Jalisco, Mi duda concierne en cuanto a que el juez de Nayarti Tuviera competencia para aplicar el codigo de Jalisco? ya que si se promueve en jalisco lo mas probable es que el juez de inhiba por la sumision expresa de nayrit. saludos

     

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