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¿LA LEY PUEDE OBLIGAR AL PAPA DE MI HIJO A TRABAJAR PARA DARME PENSION?
- Consulta : 247133
- Autor : KarSM
- Publicado : Miércoles 05 de Noviembre de 2014 11:14 desde la IP: 189.161.182.227
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 05 de Noviembre de 2014
Hola
Soy del df y mis dudas realmente son bastantes; bueno para empezar tengo un hijo que esta por cumplir 3 años, en todo este tiempo con el papa han sido solo problemas, porque desde que mi hijo era muy pequeño se lo llevaban a la fuerza y poco le importaba que el niño llorara y no se quisiera ir ademas se lo llevaba diario, al grado de que mi hijo al año y medio con solo escuchar que tocaban la puerta se ponia muy nervioso y me apretaba y se ponia a llorar y me decia que no queria ir con su papa, la verdad yo sentia muy feo pero el papa se la pasaba amenazandome y me hacia escandalos en mi casa ademas el es una persona muy agresiva cuando se enoja, hasta la fecha obliga al niño a irse 3 dias a la semana aunqe el no quiera, y se lo lleva llorando, y solo se lo lleva para que lo cuide su mama, el lo descuida mucho por todo le quiere pegar, le habla con groserias y se las enseña y eso realmente me molesta mucho de verdad no se que hacer, nunca me ha dado dinero para nada, solo de vez en cuando le llevaba pañales y ya me dice que con eso tiene derechos, y todo quiere que se haga como el dice a pesar de que el no paga nada, a mi hijo lo tengo que dejar con su abuelita para trabajar porque el niño necesita muchas cosas y el no lo ve asi, no se que hacer de verdad estoy muy desesperada, no estoy en contra de que el vea al niño pero si de que se lo lleve a la fuerza, ademas el dice que va a estudiar y por eso no trabaja, pero no hace nada, y su mama lo protege mucho y lo mantiene ni estudia ni trabaja. diganme que puedo hacer. la mama es soltera y tampoco trabaja, tiene otros 2 hijos y a todos los mantiene el hermano de la mama.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 369467
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Noviembre de 2014 11:43 2014-11-05 11:43 desde IP: 189.211.135.22
Con independencia de que no indica usted si su hijo fue reconocido por el padre al momento de levantar el acta de nacimiento, lo que resulta indispensable para poder orientarla respecto a si requiere realizar o no un trámite previo, debo aclararle que ninguna autoridad puede obligarlo a trabajar.
En caso que el menor haya sido reconocido y usted demande la pensión alimenticia, el Juez fijará la cantidad que deba ministrar para solventar las necesidades alimenticias de su hijo, y deberá pagarla, trabaje o no trabaje, y si a pesar de ello no la cumple, entonces usted podrá presentar ante el agente del Ministerio Público la querella correspondiente, ya que incurre en el delito de incumplimiento a las obligaciones alimentarias.
Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar, o acuda al Instituto de la Defensoría Pública del lugar de su residencia, en donde previo estudio socioeconómico, podrán asignarle a un abogado de oficio que en forma gratuita la oriente y asesore en los trámites que deba llevar a cabo.
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AutorRespuesta No: 369468
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Noviembre de 2014 12:17 2014-11-05 12:17 desde IP: 189.161.182.227
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AutorRespuesta No: 369469
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Noviembre de 2014 12:17 2014-11-05 12:17 desde IP: 189.161.182.227
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AutorRespuesta No: 369498
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Noviembre de 2014 20:06 2014-11-05 20:06 desde IP: 189.211.135.22
Evidentemente, quien la asesoró, o no es abogado, o estudió en una escuela "patito".
Acuda al Instituto de la Defensoría Pública del Distrito Federal en donde, previo estudio socioeconómico, le asignarán a un abogado de oficio gratuitamente, a fin de que, sin demora, presente la demanda reclamando la pensión alimenticia y solicite le concedan a usted la guarda y custodia del menor, y también podrá pedir medidas restrictivas, si la conducta del padre respecto del niño lo amerita.
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AutorRespuesta No: 369504
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Noviembre de 2014 20:58 2014-11-05 20:58 desde IP: 189.234.180.53
Efectivamente... No se le puede obligar a trabajar... Pero los alimentos son una orestacion de tracto sucesivo... Y debe ser dada en cantidad que permita la manutención del hijo... No la tuya... Cuando el padre o el obligado no trabajan... Los jueces... Señalan cantidad liquida que. Fluctúa de uno a dos salarios mínimos mensuales... Busca un abogado que promueva la acción penal de incumplimiento de la obligación de asistencia familiar... Y ya en la carcel... Tu abogado sabe que hacer...
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