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PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD

  • Consulta : 109661
  • Autor : arwen_hin_NR
  • Publicado : Sábado 16 de Abril de 2011 18:25 desde la IP: 189.220.161.118
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,106
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  • Autor
    Consulta

  • arwen_hin_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua

    Hola buenas tardes, soy de el estado de chihuahua, y radico en la cd. de cihhuahua, yo vivi en concubinato con el padre de mi hijo durante dos años, tiempo en el cual mi pareja era violenta conmigo y mi hijo, decici separame e inicie un tramite legal por la custodia de mi hijo (en el momento de iniciar la demanda este contaba con tres años de edad) la demanda transcurrio normalmente, y se me cedio la custodia temporal durante el proceso, tengo una orden de restriccion para mi hijo y para mi, por lo tanto el padre no se nos puede asercar, el depocitaba en el juzgado una cantidad de $1000.00 mensuales, que desde el año 2009 (en noviembre) dejo de depositar, mi pregunta es: apartir de cuanto tiempo se considera abandono, y en que momento puedo solicitar la patria potestad de mi menor hijo, de antemano muchas gracias

     

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