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RETIRO DE AFORE POR FALLECIMIENTO...
- Consulta : 266333
- Autor : karen.hdz.hm_NR
- Publicado : Miércoles 20 de Mayo de 2015 21:51 desde la IP: 189.219.24.9
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,110
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 20 de Mayo de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 380167
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Mayo de 2015 22:45 2015-05-20 22:45 desde IP: 189.134.205.78
No aclaras si habrá pensión por orfandad o viudez, pero suponiendo que no y sea un retiro total sería así:
La afore le retendrá un 20% de una parte de las subcuentas de Retiro 97 y SAR 92.
La parte gravable de estas subcuentas al que se le aplicará el 20% será el excedente de la cantidad que resulte de 90 SM por año cotizado.
Los saldos de las subcuentas de vivienda están excentos.
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