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CONDONACION D 5 DIAS D RENRA D UNA RENTA DE DEPARTAMENTO?
- Consulta : 265309
- Autor : viy19_NR
- Publicado : Lunes 11 de Mayo de 2015 14:36 desde la IP: 187.199.121.58
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,112
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 11 de Mayo de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola buen dia. Antes q nada envio un agradecimiento por aclarar mi duda. Es realmente cierto que si un arrendatario toma posecion d un departamanento en renta el dia 24 del mes vigente, el pago d la renta se puede recorrer al dia 30 sin tener ningun cargo extra. El inquilino tiene este derecho?! Si m resuelven mi duda y esto es verdad, me podrian indicar donde se expresa esto, o que articulo lo ampara. Muchas gracias por su atencion! -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 379410
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 15:19 2015-05-11 15:19 desde IP: 187.156.64.219
Consultante:
Respecto a su duda no existe tal norma que asi lo especifique, pero si pudiera ser un acuerdo de voluntades que asi lo exprese.
Saludos.
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Autor





