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HOLA LIC GAROVALO Y DEMAS LICENCIADOS QUE ME QUIERAN ILUSTAR

  • Consulta : 103772
  • Autor : cerillo wmw
  • Publicado : Domingo 27 de Febrero de 2011 20:26 desde la IP: 189.137.234.254
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,110
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  • Autor
    Consulta

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE

    no se si me pudiera despejar una duda?

    lo que pasa es que en un juicio se demando varias prestaciones entre ellas el la perdida de la patria , guarda y custodia , alimentos

    pero la parte no ofrecio pruebas de ningun tipo solo la acta de nacimiento del acreedor alimentario. 

    El uno de agosto de dos mil diez en los distritos judiciales de Cuautitlán, Ecatepec de Morelos y Nezahualcóyotl;

    De la demanda, reconvención y su contestación

    Artículo 5.40.- La demanda, la reconvención y contestación a éstas, se regularán por lo previsto en el Libro Segundo,

    en lo que no se oponga al presente capítulo.

    En la demanda, reconvención y contestación a éstas, se ofrecerán las pruebas respectivas.

    con lo que concluyo que es un procedimiento de juico orales y que la parte perdio su derecho a ofrecer pruebas.

    no se como ve usted lic. si me pudiera ilustrar por fis

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 212889

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1..o todos los juicios civiles del edomex...demanda...emplazamiento...contestaciòn....audiencia conciliatoria...audiencia de depuraciòn de procedimiento y desahogo de medios de prueba admitidods y pendientes de desahogarse por su naturaleza legal....

    2...donde esta el problema?....

    3...se puede declarar si prueba a desahogar...si el documento  es publico.... entonces hay que pedir termino de alegatos...y sentencia...

    4...donde esta el problema???



  • Autor
    Respuesta No: 212891

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    je

    en que la parte actora no ofrecio pruebas , no ofrecio confecional , no ofrecio testimonial no ofrecio instrumental ,presuncional etc etc  en su escrito de demanda

    y mi duda era si podia solicitar que se tuviera por perdido su derecho para ofrecer pruebas , ya que la ley menciona que debe de hacer en la demanda?

     



  • Autor
    Respuesta No: 212896

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    eso es parte de la audiencia de deuraciòn del proceso...la tacha de pruebas o....en su caso la rebeldia por no haber ofrecido medio de prueba....pero sin el documento base de la acciòn no hay nada...con ese es mas que suficiente para pedir... que pruebe la causa de su peticiòn...ya no es cosa tuya....presenta previa a la audiencia depuradora ...tu acuse de rebeldìa de la parte por no haber hecho uso del derecho concedido por la ley y po pedido el mismo....ppeerroo no te adelantes ...hasta ese momento....porque recuerda que en ese momento puede ofrecer la confesional...y se la van a admitir por ser prueba priviligiada....suerte







  • Autor
    Respuesta No: 245787

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El acta de nacimiento de acreedor alimentario señor consultante ES UNA PRUEBA y es un documento público que hace prueba plena. Tiene mayor valor que una testimonial, o pericial...

    No veo donde esta el problema???  Porque perdió su derecho a ofrecer pruebas si.... ofrecio la documental pública.

    Asi sea una sola prueba.... OFRECIO PRUEBAS



  • Autor
    Respuesta No: 245789

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si bien ...hay un documento base de la accòn... este es prueba suficiente de basamento de la accion...pero supongamos que es sobre un  mayor de edad y es un juicio de alimentos... hay una contradicciòn sobre la acciòn y la actividad procesal... pero la ley es expresa en que se deben de ofrecer los medios de prueba ya en el momento de  la presentanciòin de la demnada... sin periodo dilatorio... el peridodo dilatorio... es el periodo donde se ofrece la demanda... se contesta la demanda y se opone...si la hay ...una reconvenciòn... en ese momento se ha concretado la llamada trilogia procesal...actor-demanda-juez...las partes ya se conocen y saben cuales son las pretenciones y las declaraciones negativas o de litis... por ende...cada uno tienen un momento de ofrecimiento...admisiòn y desahogo de prueba... los medios de prueba o medios de convicciòn (de convencimiento al criterio del juez) deben ser acordes con los extremos defendidos y que se pretenden demostrar...pero...actualemente , con los juicios orales... lo que se pretende.. en la forma mas estupida,,, es que  en la audiencia conciliatoria.. termine el asunto... o... se ACLARE que es lo que se allano y que es lo que se va a pelear... depuraciòin procesal...y solo los medios de prueba de estas...seran tomados en cuenta..,. y no los que por  su obviedad... ya estan  ofertados y demostrados....

    cerillo...tiene la duda...si no se ofrecieron medios de prueba  antes de la audiencia de depuraciòn... se pueden ofertar esos medios de prueba en ese momento...NO... ya no deben ser tomados en cuenta..porque  no se ofertaron como tales y no forman CONVICCIÒN en el animus andi del juez, es decir... la verdad legal...carece de realidad...por defecto en el conocimiento del abogado al momenrto de hacer o contestar la demanda...dejando en indefensiòn a la parte que  fue omisa en base a su represnetante legal... de ahi que sea una estupidez... se ahorra procedimiento... pero  por falta de conocimiento... se pierde un derecho de trascendencia...que tiene como resultado... que la parte  se duela de la falta de justicia... cuando es po una pp  ee  nn  dd  ee  jj  aa  dd  aa   del aboagdo de la parte que perdio...todo porque no hubo un MOMENTO DILATORIO...porque los jueces se quejan de que hay mucho ...poero mucho trabajo... y quienes hacen una reforma procesal... por lo general son h¡gente que nunca se ha parado en un juzgado...los ....di..pu..tad..os...

    a eso se refiere y pregunta ...joven ullllloooooaaaa....saludos...



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