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ASOCIACIONES CIVILES-ESQUEMA JURíDICO

  • Consulta : 101724
  • Autor : Artesana
  • Publicado : Viernes 11 de Febrero de 2011 20:09 desde la IP: 201.174.219.72
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • Artesana
    USUARIO REGISTRADO

    Antecedentes:

    Desde  el 2007, constituimos una  Asociacion civil, aunque el objeto social contiene todos los terminos juridicos que el notario creyo pertinente, cada vez que iniciamos un tramite ante instancias de gobierno rechazan la forma de redaccion de este, arguyendo, una coma, un punto una palabra entre oracion y oracion, o la misma palabra, no es lo mismo CAPITAL que  PATRIMONIO,  no es lo mismo EL TOTAL que  LA TOTALIDAD,  ´por mencionar algunos, el criterio de los funcionarios publicos  que no encuentran concordancia en las palabras dan al traste a meses y meses de tramite,  con  el consabido desgaste fisico, moral y ecopnomico ante cada " componenda"  del acta constitutiva ya que NO EXISTE un ..... pues ni yo se como decirle un formulario?..... un machote? algo que nos haga llenar los satisfactores de estos funcionarios, ya que cambian- repito a criterio- ( digo si fuera norma nos daban como hacerlo) .

    CO N S U L T A :

    En este foro, existe alguien que nos pueda ayudar con este lio, ademas  si es de interes me gustaria formar un grupo que nos ayude a LEGISLAR   el apartado juridico de las ONG, ya que de alguna manera hacemos la labor que el gobierno, por diversas causas no hace, y si el apoyo no es economico, pues que nos ayude, posterior a complementar los tramites procurar fondos en el extranjero.

     

    Gracias a la personas que decidan seguir esta iniciativa

    Rosa Cuamba Huarota

     

    rcuamba    01 656 324 16 50 

    Cd. Juarez Chihuahua, Mexico 

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 210071

  • victorlunacastro
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Artesana: 

    Reciba un cordial saludo y con relación a su consulta permitame exponer lo siguiente: 

    Las circunstancias que nos narra en su exposición me hacen recordar una "rama" del Derecho Administrativo, que en la Facultad de Derecho de la UNAM hemos dado en llamar la Ciencia de la Tramitologia, y esto es LA HABILIDAD PARA LIBRARSE DE LA ACTIVIDAD CONSTANTE E INFATIGABLE DE TODA CLASE DE FUNCIONARIOS PARA DESHACERSE DE CUALQUIER PROBLEMA, ASUNTO O TAREA, QUE SIGNIFIQUE TENER QUE HACER EL TRABAJO PARA EL QUE FUERON CONTRATADOS. 

    Este fenómeno, tiene una solución mas o menos sencilla, pero que requiere un profundo y estudiado conocimiento de la mente burocrática, basado en el principio de que "PAPELITO HABLA", esto quiere decir que para controlar a la Burocracia es necesario seguir las siguientes reglas: 

    1.- Conocer la legislación aplicable al caso concreto, es decir si va Usted a pedir algún tramite,  debe conocer los requisitos legales para realizarlo. 

    2.- Conocer la Ley Reglamentaria del Organismo ante el cual acude; es decir debe conocer la estructura legal del Organismo, esto es muy importante para saber quien es el jefe de quien y a que autoridad acudir cuando las cosas salen mal. 

    3.- Conocer la existencia de formatos o formularios previos al tramite, es decir conocer los manuales de operación que tenga el organismo al cual va a dirigir su petición. 

    4.- Conocer la ley general aplicable a SU CASO, es decir conocer el capítulo correspondiente a las Sociedades Civiles del Código Civil de la entidad donde fue creada esta persona moral, es decir saber que clase de sociedad hemos formado y que puede hacer y mediante que persona física hacerlo, P. ejemplo un Consejo de Administración o un Administrador Único, o Gerentes o Directores, etcétera. 

    5.- Una vez esquematizado el contexto jurídico del tramite a seguir, TRAZAR UN CUIDADOSO PLAN DE ACIÓN EMPEZANDO POR EL CAMINO MAS DIRECTO Y SENCILLO POSIBLE PARA CUMPLIR EL OBJETIVO. 

    6.- Resuelto lo anterior: REDACTAR LA PETICIÓN POR ESCRITO Y ACOMPAÑARLA DE LOS DOCUMENTOS NECESARIOS Y PRESENTAR LA PETICIÓN FIRMADA Y FECHADA ANTE LA OFICIALÍA DE PARTES COMÚN DE LA DEPENDENCIA O AUTORIDAD A QUIEN NOS DIRIGIMOS, ACOMPAÑANDO SIEMPRE UN ACUSE DE RECIBO.

    Esta parte es la mas importante, puesto que queda registrada nuestra petición y entonces EL FUNCIONARIO RESPONSABLE LE TIENE QUE CONTESTAR POR ESCRITO, con lo cual no tiene mas remedio que apegarse a la norma jurídica, EVITANDO CON ESTO QUE LOS FUNCIONARIOS LE DIGAN (CON PALABRAS Y NO POR ESCRITO) QUE LAS COSAS ESTÁN MAL POR ESTO O POR AQUELLO dado que cuando se pronuncian por escrito deben  FUNDAR Y MOTIVAR EL ACTO DE AUTORIDAD CONSISTENTE EN SU RESPUESTA. 

    De esta forma se OBLIGA a la Autoridad a comportarse de acuerdo a la Ley y no de acuerdo al principio corruptor de la TRAMITOLOGIA. 

    Esto es así, porque cualquier desvió de la Autoridad respecto de la norma aplicable, es materia de una controversia Administrativa, un juicio de amparo, O UNA QUEJA ANTE LA CONTRALORIA INTERNA, ESTATAL O FEDERAL con las MUY PROBABLES sanciones al funcionario, e incluso con la perdida del empleo, NO OLVIDAR QUE EL PEOR Y MAS MORTAL ENEMIGO DE UN BUROCRATA ES: OTRO BUROCRATA CON MAS AUTORIDAD Y CON POSIBILIDADES DE SANCIONARLO O MEJOR AUN, DE PRODUCIR QUE LO CESEN DEL EMPLEO. 

    Es por esta razon, que la conduccion mediante exposiciones por escrito, con acuse de recibo, de forma ordenada, esquematica, en estricto apego a la norma legal, y acompañada de los documentos necesarios, SIEMPRE TENDRÁ EXITO...!  y no se le pueden oponer minucias y pretextos....!!

    Digamos que he vertido aquí un MUY BREVE CURSO EXPRESSS de manejo de la tramitologia burocrática, espero que le resulte de utilidad, y que Usted logre cumplir los propósitos de su agrupación. 

    Atentamente: 

    Lic. Víctor Luna Castro, Luna Castro y Asociados S.C. Cel. 0445527745706



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