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TíTULOS DE CREDITO

  • Consulta : 211721
  • Autor : marcoariessan_NR
  • Publicado : Lunes 21 de Octubre de 2013 21:16 desde la IP: 189.146.66.99
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • marcoariessan_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas noches a todos, mi pregunta es la siguiente: en los juzgados de cuantia menor como pasante de derecho, entable una demanda en un juicio por  ejecitivo mercantil como parte actora, quiero saber que Jurisprudencia o disposición delegal existen para llevar estos juicios como pasante de derecho, toDa vez que actualmente estoy por titularme, y si es el caso, hasta que momento me pueden objetar la personalidad en el juicio enecutivo mercantil, por no ser licenciado o no contar con celudala profecional, aunque no me estoy ostentando como licenciado en derecho. Gracias por sus comentarios.   

     

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  • Autor
    Respuesta No: 329862

  • AbogadoFabricio
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No puedes ostentarte como licenciado en derecho, ya que no estás autorizado legalmente para ejercer dicha profesión en virtud que no cumples con la dispocisión de la Secretaría General de Profesiones al no haber cumplido con los requisitos de la licenciatura dependiendo de la escuela, puedes solicitar tu carta de pasante ante la SEP y pagar los derechos de expedición en este caso te ampara, pues en los requisitos te obliga a que te patrocine un abogado titulado o puedes en caso de juicios mercantiles como cuando quieres hacer efectivo el cobro de pagarés, nombrarte como endosatario en procuración y nombrar a un licenciado en derecho con cédula profesional que respalde tu escrito incial y todas las diligencias necesarias, puedes apoyarte con un abogado conocido, maestro o egresado, si no te has ostentado como licenciado en derecho en carácter de que acreditas personalidad en el escrito inicial, posiblemente te vayan a prevenir que ¿Cuál es el carácter con el que compareces? así que ojo, y prepara tu desahogo y busca en la ley de profesiones y en la legislación mercantil con que carácter puedes comparecer.

    Licenciado Fabricio Frias Vejar



  • Autor
    Respuesta No: 329962

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Que no te espanten con el petate del muerto. Si Usted no se ha ostentado como licenciado en derecho, el endoso en procuración es suficiente para que promueva el juicio ejecutivo mercantil sin limitación alguna y claro que no necesita firma de abogado, sin embargo es claro que no podrá reclamar costas si no cuenta con cédula. Por otra parte y si de verdad está por titularse, por favor verifique que escriba en su cédula "Cédula Profesional" y No "Profecional".



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