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¿ QUé PASA CUANDO NO SE ESTIPULAN LAS CAUSAS QUE ORIGINAN UN CONTRATO POR TIEMPO DETERMINADO?

  • Consulta : 209756
  • Autor : xml2702
  • Publicado : Martes 01 de Octubre de 2013 11:04 desde la IP: 201.148.34.117
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
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  • Autor
    Consulta

  • xml2702
    USUARIO REGISTRADO

    viendo que en mi contrato de trabajo temporal me mantiene asi como un trabajador temporal (4 años) busco alguna manera de mejorar mis condiciones de trabajao y el articulo 37 de la LFT menciona que los contratos de tiempo determinado se dan unicamente en los siguientes casos.

    Artículo 37.-  El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los casos siguientes:
    I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
    II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y
    III. En los demás casos previstos por esta Ley.

    La pregunta seria:

    ¿Qué pasa cuando en el contrato de trabajo no se estipulan las causas que originan un contrato por tiempo determinado?

     

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