Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

ESCRITURACION DE CASA

  • Consulta : 185690
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Miércoles 06 de Febrero de 2013 14:10 desde la IP: 189.140.250.73
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Alguien me podria ayudar??

    En 1994 compre una casa, esta casa esta en Iztapalapa, lo hice mediante uncontrato de compraventa privado, ante 4 testigos, una d elas clausulas del contrato es que el vendedor me firmaria la escritura, le termine de pagar, pero yo no tenia dinero para firmar la escritura, el caso es que ahi he vivido desde ese año, pero ahora quiero escriturarla y por mas que le pido al señor que acuda a la notaria o me proporcione los documentos me dice que el ya no tiene ningun documento y que no puede ir...

    Lo puedo demandar de alguna manera para que me firme la escritura???

    O, Como puedo escriturar mi casa???

    Les agradeceria mucho su ayuda, estoy muy desesperado.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 301431

  • andres550
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Una demanda de la acción pro forma. Obligando al sujeto a que le firme la escritura, o lo haga el juez si no acude el sujeto. Otra posibilidad es una demanda de prescripcion adquisitiva. Su asunto es sencillo y un abogado de su confianza le ayudara a llegar a feliz termino.



  • Autor
    Respuesta No: 301524

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTE nr_NR,

    Presente:         

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Espero que la siguiente información jurídica respecto al tema del JUICIO DE OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA PÚBLICA, le sea de utilidad a fin de disipar sus dudas legales sobre el particular.

     

    EL JUICIO DE OTORGAMIENTO DE FIRMA.

     

    El simple nombre solo nos habla de una firma, pero ¿que conlleva ese hecho?; Sin embargo este juicio se aplica cuando queremos hacer valido nuestro CONTRATO DE COMPRAVENTA, que tiempo atrás celebramos con el vendedor de un inmueble y que a la fecha ignoramos su paradero, o incluso no desea darnos la firma ante un Notario Público para formalizar la venta.

     

    Cuantas veces nos ha pasado que compramos nuestra casa o terreno, negociamos con el vendedor la compra del mismo, y se formaliza la venta a través de un contrato de compraventa entre ambas partes,  dándose con ello tanto la entrega del inmueble como el precio de la compra perfeccionándose la venta; sin embargo por cuestiones diversas ambas partes deciden formalizar dicho contrato ante el notario publico con posterioridad, pero a través del tiempo pueden surgir muchas variantes que eviten formalizar la COMOPARVENTA, como puede ser el que no se tenga el paradero del vendedor o se niegue este a firmas la escritura, es así como surge el JUICIO DE OTORGAMIENTO DE FIRMA el cual se inicia ante el Juez Civil competente, solicitando se formalice ante ese tribunal el contrato y obligar al vendedor a firmar, hechos que se desahogan por medio de un proceso, donde la prueba principal es nuestro Contrato de Compraventa y a su vez tener la posesión del inmueble, ya que si no se da este requisito estaremos en presencia de otro tipo de Juicio que con posterioridad platicaremos.

     

    Una vez tramitadas todas las etapas en el Juicio de Otorgamiento de firma, surge la Sentencia la cual tiene el fin de obligar a la vendedora a firmar la escritura que en Derecho proceda, y en caso de su negativa o en el supuesto de nunca comparecer en juicio, el Juez FIRMARA LA ESCRITURA EN SUPLENCIA DEL VENDEDOR, para que de esa forma tengamos las escrituras de nuestro bien y con ello formalizar nuestras propiedades.

     

    Este JUICIO DE OTORGAMIENTO DE FIRMA garantizara siempre que nuestro contrato de compraventa tenga validez a pesar de no haberlo formalizado ante un notario público.

     

    Los Invito a todos nuestros lectores a que si tienen un terreno o inmueble pendiente de regularizar, lo haga a través de este tipo de juicios, los cuales son totalmente validos ya que se realizan ante el Tribunal competente y tiene toda la fuerza legal, ya que el Juez en turno siempre colaborara con la escritura en caso de ausencia o negativa del vendedor.

     

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL,de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 5398-0265

    Celular: (044) 55-2848-7477

     

    WEB:  w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s  a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión