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EL DESPUES DE 20 AñOS DE MATRIMONIO Y 32 DE RELACIòN QUIERE IRSE DE CASA, QUIERO SABER CUALES SON MIS DERECHOS TENEMOS DOS HIJOS 19 Y 17 AñOS.

  • Consulta : 113754
  • Autor : sulieva_NR
  • Publicado : Lunes 23 de Mayo de 2011 08:32 desde la IP: 189.225.31.34
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • sulieva_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Despues de 20 años de matrimonio el qiere irse de la casa para poner en orden susu ideas, tenemos dos hijos 19 y 17 años, estamos casados por separacion de bienes, estoy enterada de que el tiene una relaciòn, no quisiera estar en un proceso muy desgastante, pues esto ya lo pase cuando el se divorcio de su prmera esposa teniendo dos hijos ( fue ron casi 6 años), necesito saber a que tengo derecho, y a que me puede el obligar nos trajo a vivir a una zona residencial desde hace 16 años,en la actualidad tenemos como familia la casa que habitamos ( escriturado a su nombre) un depto en Interlomas ( sin escriturar), la casa de sus padres ( T ) (escriturada) y actualmente la habita su hermana esta casa ya la tenia cuando nos casamos, los unicos inmuebles que hicimos durante nuestro matrimonio son los dos primeros, el tiene dos o tres empresas de las que son socia en minoria 2 acciones por empresa, por la edad que tengo (56) no tengo un trabajo fijo , trabajo eventual haciendo trabajos contables y de administracion y ademas mal pagado, ni nuestros hijos no yo queremos irnos de la casa que construimos y hemos habitado desde hace 16 años,  el por voluntad propia y sin comentar sus motivos ha hecho separacion fisica de nuestros cuerpo por un año, tiene dinero para salir a ver a su amiga especial cada 15 dias aprox ( ella vive en Zacatecas, entiendo que el va una semana y ella viene otra) , y a nuestros hijos les niega el darles lo minimo para sus pasajes y algo de comer en la escuela ( de 4 semanas les da una o dos ) , desde hace ya un buen tiempo no da el gasto completo en Casa debemos  predial, agua, luz, prestamos que el hizo para sus gastos y negocios. Aunado a todo esto yenemos violencia psicologica de el para mi y de mi para el ( estoy muy cansada de esto ) que debo hacer o bien como debo convenir con el en que artiiculos debo basar mi deamda de divorcio o de separaciòn, porfavor estoy muy angustiada  siempre que le pregunto como vamos si hemos mejorado en nuestra relaciòn me dice ¨vamos¨ y me agrede diciendo que yo forzozamente quiero que las cosas sean como yo quiero, etsoy harta de esto no tengo concentracion en el poco trabajo que me cae, el estado depresivo y de angustia me tienen como anesteciada no resuelvo con rapidez mi trabajo ( no tomo nada), porfavor alguien aconsejeme ( aunque se que debo tomar terapia psicologica lo que gano no me alcanza mas que para procurar algunos alimentos y transportes)

    Gracias a quien sea que me de concejo u orientaciòn

     

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  • Autor
    Respuesta No: 224296

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimada consultante Sulieva:

    Mire, en el entendido de que resulta lamentable y muy claro de entender su estado actual, es muy importante que se asesore de un abogado especialista en derecho familiar, toda vez que en su caso en el Estado de México, aunado a la pensión alimenticia que se pudiera desprender del Divorcio, además existe una Reforma al articulo 4.46, del Código Civil, misma que a continuación le transcribo, haciéndole notar que, si no cuenta con recursos, acérquese a la Defensoría de Oficio de su localidad, donde le asignaran un abogado sin costo alguno:

    De la Separación de Bienes

    Disposiciones que rigen la separación de bienes

    Artículo 4.46.- La separación de bienes se rige por las capitulaciones matrimoniales o por sentencia judicial. La separación puede comprender no sólo los bienes de que sean propietarios los cónyuges al celebrar el matrimonio, sino también los que adquieran después.

    (ADICIONADO, G.G. 6 DE MARZO DE 2010)

    Para efectos de divorcio, cuando alguno de los cónyuges haya realizado trabajo del hogar consistente en tareas de administración, dirección, atención del mismo o cuidado de la familia, de manera cotidiana, tendrá derecho a la repartición de los bienes adquiridos durante el matrimonio, el cual no podrá ser superior al 50%, con base en los principios de equidad y proporcionalidad.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



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