Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

SUCESION AGRARIA

  • Consulta : 228442
  • Autor : lapaz_oyuki_NR
  • Publicado : Miércoles 30 de Abril de 2014 21:16 desde la IP: 189.195.46.44
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • lapaz_oyuki_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California Sur

    Cuando un Titulo de propiedad de x   predio  que ampara la propiedad del mismo que recibio en alguna de las dotaciones de tierra q recibio, el ejidatario es registrado en el Registro Publico de la Propiedad y comercio; pierde o conserva la  calidad ejidal referido a lo agrario, o por ese solo acto pasa alas filas del ambito Civil y podra formar parte de la masa hereditaria en un testamento comun Ante Notario Publico o prevalece el Derecho del sucesor a la muerte del ejidatario agradecere Despeje mis dudas Sin Mas gracias de Antemano.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión