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PROBLEMAS CON PROPIEDAD INTESTADA

  • Consulta : 210266
  • Autor : toño79
  • Publicado : Domingo 06 de Octubre de 2013 12:54 desde la IP: 187.200.207.193
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,110
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  • Autor
    Consulta

  • toño79
    USUARIO REGISTRADO

    Muy buenas tardes, mi consulta es la siguiente:

    En los años 70's rentamos unos departamentos nuevos, se pagaba la renta mensualmente, (aun conservamos los pagos) y en el temblor del 85 los dueños que eran españoles se fueron del pais dejando el edificio de 12 departamentos, se seguia dando la rente a una persona que era el casero (que no es familiar de la dueña, era porque ya tambien murio igual que la dueña),  pero al saber que ya no habia dueño lo dejamos de hacer, asi paso el tiempo hasta hoy, se sigue pagando pero solo el predio y el agua, (que esta a nombre de la antigua dueña),  mi duda es: nos pueden sacar a todos? somos los inquilinos originales desde entonces y contamos con los pagos al corriente, se le han hecho mejoras al edificio, la duda es por que llegaron unos "abogados" diciendo que nos van a sacar, ¿pueden hacer esto? y si no, como hacemos para legalizar el predio y que quede a nuestro nombre legalmente? cabe señalar que una persona "vendio 1 de los departamentos" y sus inquilinos no se quieren salir y ellos son los que amenazan "que por sus influencias" la verdad no les creo ni un poco .

    Agradeceria su asesoria profecional, Muchas Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 328050

  • jussemper02
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    mi querido consultante, es para nosotros brindarle la siguiente información las 12 familias que habitan los inmuebles cada una de ellas habita un departamento, pueden demandar la prescripción de manera positiva o negativa para que sean los titulares del departamento que arrendan, cumpliendo con los requisitos que la ley impone. la única persona que los puede sacar es el legitimo propietario ( el que ya ha fallecido, salvo que él haya heredado y su heredero ya se haya adjudicado la masa hereditaria es decir, el universo de lo heredado). Los 12 departamentos será el único que puede demandar.

     

    Nos  ponemos a sus órdenes si desean  regularizar la situación del inmueble obteniendo un beneficio usted.

    CONSULTORIA JURIDICA SOLUCIONES.

    POR FACEBOOK DC CONSULTORIA.



  • Autor
    Respuesta No: 328058

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    pueden iniciar un juicio por medio de edictos por la acción de prescripción adquisitiva... ya que tienen mas de cinco años en posesión de estos... tu abogado sabe que hacer...



  • Autor
    Respuesta No: 328060

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante por SER ARRENDATARIO SU POSESIÓN ES DERIVADA, NO ORIGINARIA, y ella no es idónea para prescribir a su favor ese predio, y por falta de pago de rentas, EL ARRENDATARIO PUEDE DESALOJARLOS, saludos.



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