Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

OPERA LA NEGLIGENCIA CONTRA EL MP EN EL SIGUEINTE CASO?

  • Consulta : 155481
  • Autor : Leosan
  • Publicado : Martes 12 de Junio de 2012 19:27 desde la IP: 201.144.25.210
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,120
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • Leosan
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes Lic´s.

     

    El caso es el siguiente, existe una averiguación previa por el probable delito de abuso de confianza desde el 2009, la presunta responsable radica en otra Entidad, yo en Querétaro, se envio exhorto de colaboración al MP de la otra entidad y a la fecha no han respondido,  le he dado 7 solicitudes al MP de Qro., para que envie el oficio de colaboración, pero al parecer solo envió 3 y no los 7, esto lo verifique concultando via internet el avance de la averiguación, ¿ Opera la negligencia contra el MP de Qro., ya que no ha enviado el total de oficios de colaboración? Y si fuera positivo, ¿ Cual seria el fundamento legal?

    saludos y gracias de antemano 

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 270655

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    todos los oficios de colaboración...o recordatorios... del mundo... no van a hacer avanzar ese asunto... tienes que ir a donde se encuentra el probable responsable y ver que es lo que pasa que no se da cumplimiento... el mp... en queretaro, ya cumplio... y desde luego que no hay negligencia... negligente tu... que quieres que todo lo ha el mp... y tu ...que haces?



  • Autor
    Respuesta No: 270656

  • Leosan
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado Lic. Garovalo:

     

    Gracias por su respuesta, ese es precisamente el problema, que se ha solicitado 7 veces que se envie la colaboración y el MP de Qro., solo ha enviado 3, es decir, no ha cumplido, en cuanto que he hecho, le aseguro que si tuviera los recursos ya hubiera ido hasta La Paz, BCS, por otra parte, aunque no es motivo de la consulta, también el MP de La Paz, no ha cumplido siendo que ya el probable responsable ya fue citado desde mayo del 2009, por eso considero que hay negligenica, creo que cuando se utiliza estos foros es para una orientación y no para que que lo cuestionen en cuanto a su actuar.

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 270756

  • Leosan
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimados Lic´s.

    Buenas tardes.

     

    Alguna otra respuesta que de verdad me oriente?

     

    saludos 



  • Autor
    Respuesta No: 270761

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    o sea que la mia no te orientó?...

    no existe negligencia... la autoridad ya cumplio....no va a hacer en forma alguna TU OBIGACION... si quieres comprar leche... vas a la tienda...

    no compras la vaca...

    el mp.... ya cumplio con su obligación y no puede obnligar al mp exhortado a cumplir con la suya... y tampoco le puedes estra pidiendo que lo haga una y otra vez... cuano en autos aparece que ya cumplio.... puedes presentar la queja.... en la procuraduria... la cual puede ordenar el archivo definitivo... en virtud de que no hay interes en cumplir con las necesidades...

    no entiendo... porque la gente cree que la autoridad debe hacerlo todo...si asi fuera... no se necesitarian los gestores del derecho... los abogados...



  • Autor
    Respuesta No: 270765

  • Leosan
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La verdad, no me sirvio de nada como tampoco esta, entonces por que existe el siguiente articulo y demas relativos del Codico de Procedimientos Penales de Qro.?

    ARTÍCULO 89.- (Incumplimiento del exhorto).- Cuando el Juzgador no dé cumplimiento a un exhorto o lo devuelva

    por fundamentos o motivos que el exhortante considere injustificados, este último podrá recurrir en queja ante el

    superior de aquél, acompañando copia del exhorto. Recibida la queja, el superior, por telégrafo, pedirá al juez

    requerido un informe al respecto, el que deberá rendir, por la misma vía, dentro de tres días. Recibido el informe, o

    transcurrido el plazo para rendirlo, el superior resolverá lo que proceda, dentro de los tres días siguientes.

     

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 270769

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Juzgador no dé cumplimiento a un exhorto

    el ministerio publico no es un juez... no es un juzgador... tu asunto no lo tiene un juez...

    por tanto el articulo que mencionas... nada tiene que ver con tu realidad...

    que quieras que se te oriente... ya se hizo... NO HAY CAUSA PARA DEMOSTRAR UNA NEGLIGENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO... ni de aqui,... ni de alla....

    puerdes pedir todolo que quieras... lo que no significa que lo que pidas es congruente... con la ley ... el derecho y... la logica y practica juridicas...

    puedo hasta entender tu coraje...y que sientas que nadie te entiende...pero tu venganza en contra del quien te tranzo... ya no se va a llevar a cabo... tu asunto... es una simple acta de averiguación previa... no se va a consignar...si no proporcionas los medios para que proceda el delito... sea el que sea... sobre todo ...si atacas al mp...



  • Autor
    Respuesta No: 270780

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENAS TARDES:

     Es un simple citatorio, no una actuación judicial en forma, por tanto el ministerio publico INVESTIGADOR, ya cumplio, con la primera citación por exhorto, y si ya regreso, no hay negligencia.

    Pedirla repetitivamente, no va  a hacer avanzar este asunto, solo el hecho de pedir el exhorto, llevarlo y ver cumplir el citatorio, pero nada obloiga a los agentes del MP, a darle una continuidad en el sentido que tu invocas o quieres que se lleve.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    A B O G A D O .

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.

    Kokoduro1

    arroba 

    h o t  

    m a i l  

    punto  

    c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 317825

  • Arnold Treviño
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Una pregunta.que puedes hacer cuando los deudos de un muerto y los heridos no quieren pactar con un a compañía de seguros respecto a su indemnización??? Soy el dueño del camión y no puedo recuperarlo por que el abogado de los lesionados no está dispuesto a negociar.SE PUEDE OBLIGAR AL MP A CONSIGNAR???



  • Autor
    Respuesta No: 317826

  • Arnold Treviño
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Una pregunta.que puedes hacer cuando los deudos de un muerto y los heridos no quieren pactar con un a compañía de seguros respecto a su indemnización??? Soy el dueño del camión y no puedo recuperarlo por que el abogado de los lesionados no está dispuesto a negociar.SE PUEDE OBLIGAR AL MP A CONSIGNAR???



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión