Estado de Referencia: Chiapas
Yo, como empresa moral otorgó un crédito por valor de $14,000 equivalente a un juego de sala a un mi comprador, pero para garantizarme su pago –en caso de retraso, mora o en caso de incumplimiento total me deja en garantía la factura original de su vehículo sin dejar físicamente su vehículo cuya valuación en factura es de $60,000… Que tipo de contrato debo elaborar en virtud de que es una operación de compra-venta, pero a la vez me está dejando un bien mueble (como garantía) de un valor superior al crédito otorgado …
Por ahí me dicen que un contrato de cesión de derechos porque si no paga yo tengo todo el derecho de cobrarme “a lo chino” con su previo consentimiento y otros que un contrato de dación en pago porque de antemano puede estar declarando que ya no piensa pagarme… Podrían orientarme…