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Tradicional Foro de consultas
PARA ESCRITURAR SE PUEDE CEDER O DONAR UNA PROPIEDAD ?
- Consulta : 130904
- Autor : CABAZORRO
- Publicado : Viernes 18 de Noviembre de 2011 22:28 desde la IP: 201.141.47.70
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,130
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 18 de Noviembre de 2011
LES COMPRE A MIS HERMANOS Y A MI MAMA SU PARTE PROPORCIONAL DE UN BIEN INMUEBLE QUE CONSTA DE CASA HABITACION Y LOCALES COMERCIALES, MI PREGUNTA ES DE QUE SI ME PUEDEN DONAR LA PROPIEDAD PARA ESCRITURAR , PUES ES CARISIMO ESCRITURAR , ES POSIBLE DONAR UNA PROPIEDAD ? Y CUALES SON LOS REQUISITOS, O COMO PUEDO PROTEJER MI COMPRA MIENTRAS JUNTO PARA ESCRITURAR? EXISTEN PROGRAMAS PARA ESCITURAR MAS ECONOMICAMENTE? AGRADESCO DE ANTEMANO TODA LA INFORMACION POSIBLE A LA PRESENTE , BUEN DIA -------------- TRISTAN L.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 245671
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Noviembre de 2011 23:06 2011-11-18 23:06 desde IP: 187.132.162.98
Los costos son variables de acuerdo al monto del inmueble, el tipo de construccion, la zona en que se encuentra, los metros que se vayan a donar o a escriturar, en ambos casos se tiene que pagar los correspondientes derechos por la operacion, acercate a cualquier notaria para que te informes, algunas de estas dan facilidades de pago, por ejmplo, te pueden solicitar el 50% del costo y despues que ya tienen la escritura pagas el resto.
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Autor
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AutorRespuesta No: 245673
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Noviembre de 2011 23:21 2011-11-18 23:21 desde IP: 201.141.89.75
Es claro que la donación es menos honerosa en términos de contribuciones, sin embargo, ésta se puede retrotrar en caso de deudas del donante o en perjuicio de acreedores (entiéndase fraude), si la compra el legítima lo más recomendable es pagar los impuestos que correspondan a efecto de que no la puedan tirar.
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Autor
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AutorRespuesta No: 245681
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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Noviembre de 2011 10:16 2011-11-19 10:16 desde IP: 189.134.2.66
Distinguido Consultante
Existen varios instrumentos para proteger tu propiedad, mientras escrituras, recuerda que tu madre no pagara impuestos por haber residido en el inmueble, pero solo y únicamente un abogado en forma personal te puede dar la orientación correcta, se trata de tu patrimonio en el derecho no hay recetas como en la comida.
La donación es la más inviable, no cometas un error que ponga en peligro tu patrimonio
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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