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ENTREGA A BENEFICIARIO DE BILLETE DE DEPóSITO RESGUARDADO EN JUZGADO CIVIL DEL D.F.

  • Consulta : 192856
  • Autor : jorge_es_51_NR
  • Publicado : Lunes 08 de Abril de 2013 18:15 desde la IP: 187.232.72.229
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • jorge_es_51_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Gracias por anticipado. La sentencia de un juicio ordinario civil en el D.F. señala que debe formalizarse la compraventa de un inmueble mediante la escritura pública correspondiente; en el resguardo del juzgado existe un Billete de Depósito por el importe que está pendiente de pago por parte del comprador del inmueble. La sentencia señala que una vez que el vendedor firme la escritura de compraventa del inmueble, quedará a su disposición dicho Billete de Depósito. La pregunta es: ¿Cuál es el procedimiento que se sigue para que el vendedor del inmueble reciba el Billete de Depósito?

     

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