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A UN SERVIDOR PUBLICO SE LE IMPONEN RESOLUCIONES DIVERSAS
- Consulta : 196696
- Autor : liz1909
- Publicado : Miércoles 08 de Mayo de 2013 01:48 desde la IP: 201.141.174.131
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,118
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 08 de Mayo de 2013
un servidor público emite constancia apócrifa; donde asienta que una persona estuvo arrestada por injerir bebidas alcohólicas en la vía publica, una vez realizada la investigación correspondiente se acredita que los hechos acertados son falsos y se le da vista a la contraloría general y al agente del Ministerio Público para que determinen lo que conforme a derecho proceda. Una vez agotado el procedimiento administrativo se determina que el servidor público es administrativamente responsable por lo que se le destituye del cargo. Así mismo en el procedimiento penal se determina su responsabilidad por lo que se le impone una pena privativa de la libertad por 5 años 11 meses y destitución del cargo.
1. Considera que a la vez dos resoluciones diversas ¿hay violación al principio Non bis in idem?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 316032
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Mayo de 2013 06:37 2013-05-08 06:37 desde IP: 189.143.148.78
No estrictamente.
"autre fois acquit"
El principio non bis in Idem de estricta aplicacion en Derecho Positivo Penal, establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito.
En el caso que se refiere, se entabla responsabilidad Administrativa a un servidor Publico por medio de un Procedimiento Adminstrativo, y se le destituye, evidentemente la materia de aplicaciòn es administrativa, y sus consecuencias y su procedimiento estaran reguladas por la ley organica correspondiente, o por el reglamento respectivo. Asi pues en el caso de la responsabilidad Penal establecida por la representaciòn social para con el servidor publico, se esta en aplicacion de principios rectores de Derecho Penal. De lo anterior expreso que son dos areas de aplicacion de la sustancia Juridica, esto es el Derecho Administrativo, y el Derecho Penal. El principio "non bis in Idem" establece que nadie puede ser Juzgado dos veces por el mismo delito, o sea mas claramente, nadie puede ser expuesto ante un Juez penal para ser juzgado dos veces por el mismo delito, con las mismas circunstancias y las misma sustancia de prueba.
buenos dias, saludos cordiales.
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